RESOLUCIÓN 402 2010 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
CREA EN EL ÁMBITO DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA Y COORDINACIÓN JURÍDICA EL DEPARTAMENTO EXENCIONES GENERALES Y LOS NIVELES DE DIVISIÓN Y DESIGNA PERSONAL - NÚÑEZ - GÓMEZ HEISE - RUCCA - PACIENTE - MAISONAT - ACUÑA - NEGRI - MASZTALER - SARDO - TALLOTE - COLODRO - BAYA - DEFRANCO - MOURIS - BERTANI - CALVO PEREYRA - AULESTÍA - BLANCO - BARBERA - LÓPEZ - ZARLENGA - SERRATO - FERREIRA - KOTSAKIS - URANONGAR - PALOLA - SALTERAIN LEZICA - ARCURI - BOUZA - SALGUERO - APARICIO - ANTENORE - NARANJO - GATTO - RÍOS - HOLM - PARRAVICINI - MICELI - ESTRUCTURA ORGÁNICA - ORGANIZATIVA - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL
Publicación:
23/07/2010
Sanción:
16/07/2010
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
VISTO:
La Ley N° 2603 (BOCBA N° 2846) y la Resolución N° 500/AGIP/2008 (BOCBA N° 3091), y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.603 se fijó el plazo máximo de seis (6) meses para que el Administrador aprobara la estructura orgánica de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos;
Que a tal efecto se dictó la Resolución N° 500/AGIP/2008 mediante la cual se aprueba la Estructura Orgánica Funcional de la Administración Gubernamental de Ingresos;
Que siendo la estructura organizativa una herramienta fundamental para el cumplimiento de las políticas tributarias, se considera conveniente el establecimiento de Niveles de División que permitan alcanzar parámetros óptimos de recaudación como así también una mejor calidad y eficacia en los controles;
Que en ese sentido procede la creación de los Niveles de División en el ámbito de la Subdirección General de Técnica Tributaria y Coordinación Jurídica dependiente de la Dirección General de Rentas;
Que asimismo corresponde designar a los funcionarios que, por su idoneidad y experiencia, serán responsables de desempeñar los cargos que se propician.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 14 inciso e) de la Ley N° 2603,
Artículo 1°.- Créanse en el ámbito de la Subdirección General de Técnica Tributaria y Coordinación Jurídica dependiente de la Dirección General de Rentas, el Departamento Exenciones Generales y los Niveles de División, detallados en el Anexo I.
Artículo 2°.- Apruébanse las responsabilidades primarias y funciones de las distintas dependencias creadas en el artículo anterior, según el detalle del Anexo II.
Artículo 3°.- Desígnase al personal que en modo y forma se detalla en el Anexo III.
Artículo 4°.- Apruébanse los Anexos I, II y III, los que a todos los efectos forman parte integrante de la presente.
Artículo 5°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a todas las áreas dependientes de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, al Ministerio de Hacienda, a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Walter