LEY 3468 2010

Síntesis:

 ESTABLECE SEMANA DE LAS COMUNAS - 4 Y 11 DE JUNIO DE CADA AÑO - OBJETIVOS - INFORMACIÓN COMPLETA Y ACTUALIZADA - SITUACIÓN DE COMUNAS - FOMENTO COMUNICACIÓN  -  ORGANIZACIONES POLÍTICAS - SOCIALES CULTURALES - PROMOCIÓN -  ACTIVIDADES CULTURALES  - ADULTOS Y NIÑOS - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO)

Publicación:

28/07/2010

Sanción:

24/06/2010

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

21/07/2010


TEXTO ACTUALIZADO

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de Actualización: 29 de febrero de 2024

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Establézcase en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires �La Semana de las Comunas�, la que se llevará a cabo entre el 4 y el 11 de junio de cada año.

Art. 2°.- Son objetivos de la �Semana de las Comunas�:

Que la sociedad porteña reciba información completa y actualizada acerca de la situación de las Comunas, en los aspectos políticos, sociales y culturales. Fomentar la comunicación entre las organizaciones políticas, sociales y culturales y la Comuna a la que pertenecen, en el entendimiento de que dichas organizaciones son portavoces de las necesidades y reclamos de los vecinos que participan de sus actividades.

Promover actividades culturales en las diferentes comunas para adultos y niños, como ámbito de participación ciudadana, enriqueciendo la identificación de los vecinos con la Comuna a la que pertenecen.

Art. 3°.- El Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de los organismos que corresponda, deberá garantizar el cumplimiento de los objetivos detallados en el Artículo 2°.

Art. 4°.- Comuníquese, etc. Moscariello - Pérez

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