DISPOSICIÓN 496 2008 DIRECCION GENERAL DE EDUCACION DE GESTION PRIVADA

Síntesis:

SE ESTABLECE RESPONSABILIDAD Y SE APLICA SANCIÓN AL INSTITUTO FILLI DEI (A-894) - BALANCES CONTABLES - SUELDOS - AMONESTACIÓN

Publicación:

08/09/2008

Sanción:

19/08/2008

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE EDUCACION DE GESTION PRIVADA


VISTO:
La actuación: 4281-8165-811-5058-7280/DGEGP/08 labradas con relación a las irregularidades detectadas en el INSTITUTO FILII DEI (A-894) y,
CONSIDERANDO:

Que lo aportado bajo actuación N° 811 del 10 de Marzo, Balances (2005 y 2006), no reflejan la realidad económica tanto del Instituto como de la Entidad Propietaria. 

Que no fue presentado el Estado Contable Proyectado de 3 años (2008-2009 y 20101) que debe demostrar como la Entidad Propietaria hará frente a las erogaciones que significan  los arreglos edilicios y otros que figuran en actas de supervisión del año 2007, pese a haber sido solicitado por este Organismo.

Que continúan presentes las irregularidades ya advertidas en anteriores supervisiones relativas a las planillas de sueldos en donde se observan en particular las de los meses de Abril y Mayo/2008.

Que del análisis de las mismas se puede indicar que los cuadros 5 y 6 del formulario 104/3 se sigue confeccionando sin ajustarse a la Disp. 594/04 DGEGP (a pesar de haberse dejado sentado en Acta de fecha 21-04-2008), denotándose información incompleta y/o no correspondiente a la suministrada en el Formulario. 104/1. 

Que parte de dicha información errónea se verifica en la existencia de un docente varón con goce de licencia por Art., 70° ch (embarazo), registrándose en otros casos la ausencia de las fechas de inicio de las mismas 

Que en el formulario 104/1 no se da estricto cumplimiento a lo indicado por la Disposición 594/04 DGEGP, en particular respecto de los códigos de los cargos y también sobre la firma del personal docente en uso de licencia.

Que respecto de los pagos de las cargas sociales se puede indicar que a la AFIP se le abona por montos superiores a lo determinado por el formulario. 104/2. 
Que se verificó respecto de la retenciones de Caja Complementaria que en los meses de Abril y Marzo/2008 se pagaron $ 4.030,94 (en el primer caso, en lugar de $ 7.538,96) y $ 4.076,14 (en el segundo, en lugar de $ 7.406,14).
Que respecto al Libro de Nombramientos se verifica que los docentes ingresados en el presente ciclo lectivo aún no se han volcado en su totalidad y/o, en algunos casos, las licencias gozadas desde los meses de Mayo de 2008 aún se encuentran sin registrar.
Que la irregularidad en la que hubo de incurrir INSTITUTO FILII DEI (A-894) no importó ni importa perjuicio fiscal alguno.
Por ello:

EL DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTION PRIVADA
DISPONE:

Art. 1°.- Encontrar responsable al INSTITUTO FILII DEI (A-894) de la comisión de las Faltas que surgen de las Actuaciones por infracción reiterada y culposa de las disposiciones reglamentarias establecidas en el Dec., 371/64.
Art.2°.- Proceder a aplicar al INSTITUTO FILII DEI (A-894) la sanción contemplada en inciso 2° del Art., 57 del Decreto 371/64 (Amonestación Pública con notificación a las entidades representativas de la Enseñanza Privada).
Art. 3°.-Dejar expresamente sentado que la falta cometida por el INSTITUTO FILIIDEI (A- 94), no importó ni importa perjuicio fiscal alguno.
Art. 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y luego, archívese.

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