RESOLUCIÓN 7 2008 UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES CON CARACTER UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES
Síntesis:
ACLARA EL PUNTO 3 DEL LISTADO DE SERVICIOS DEL ANEXO II DE LA RESOLUCIÓN N° 1-UPE-UOAC-08 - MEDICAMENTOS- INSUMOS-PRODUCTOS BIOMÉDICOS - SERVICIOS DE CONTRATACIÓN CENTRALIZADA
Publicación:
09/01/2009
Sanción:
22/12/2008
Organismo:
UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES CON CARACTER UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES
VISTO: El Decreto N° 1353/GCABA/08 y la Resolución N° 001/ UPE-UOAC/08, y,
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1353/GCABA/08 se creó la Unid ad Operativa de Proyectos Especiales (UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central en el ámbito de los Ministerios de Salud y Hacienda, la cual tiene a su cargo la coordinación agrupamiento, dirección y gestión de los procesos de contratación centralizados de bienes y servicios que requieran los efectores del sistema de salud y la realización del proceso de distribución de bienes adquiridos, por si o por terceros;
Que asimismo el mencionado Decreto, faculta al Directorio de la Unidad Operativa de Proyectos Especiales (UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central a establecer un listado de medicamentos, insumos, productos biomédicos y servicios de contratación centralizada;
Que mediante la Resolución N° 001/UPE-UOAC/08 se es tableció el listado referido, precisándose su contenido en el Anexo II de la norma;
Que, en base a la experiencia recogida hasta la fecha y a fin de optimizar el uso de los recursos disponibles, resulta necesario formular algunas aclaraciones y, en su caso, modificaciones al listado de servicios del Anexo II de la Resolución N° 001/UPEUOAC/08;
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1353/GCABA/08,
Artículo 1°.- Aclárase que el Punto 3 del Listado de Servicios del Anexo II de la Resolución N° 001/UPE-UOAC/08 donde dice: Servicio de Lavado, Secado, Planchado y Entrega de Ropa Hospitalaria, no incluye packs quirúrgicos.
Artículo 2°.- Suprímase el Punto 5 del Listado de Servicios del Anexo II de la Resolución N° 001/UPE-UOAC/08.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a los interesados. Cumplido, archívese. Kirby - Gigante - Cenzón - Mura.