RESOLUCIÓN 3662 2010 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
INFORME FINAL DE GESTIÓN - APRUEBA EL INFORME DE TAREAS DEL EX DIRECTOR GENERAL DE PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE CARLOS ALBERTO LELIO - ACREDITA EL CUMPLIMIENTO DE LA RESPONSABILIDAD ESTABLECIDA POR EL ARTÍCULO 25 DE LA LEY 70
Publicación:
17/08/2010
Sanción:
10/08/2010
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO:
la Ley N° 70, los Decretos N° 1.000/99, 2.099/07, 1.138/09, la Disposición N° 23-DGOGPP/07, la Nota N° 695896/DGPDYND/2010, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 70, en su artículo 25, establece que los superiores jerárquicos responsables de los programas y proyectos deben redactar un informe final sobre su gestión al dejar el cargo, prestando a la vez colaboración a quien legítimamente le sucede en el mismo, siendo dicha tarea remunerada;
Que el Decreto N° 1.000/99 en su artículo 14 dispone que dicho informe será remunerado con un monto equivalente al del cargo que ocupaban;
Que, a su vez, por la Disposición N° 23-DGOGPP/07 se determinaron las características, alcances y contenidos del mencionado informe de gestión y se estableció que la aprobación del mismo debe ser efectuada por la máxima autoridad de la jurisdicción o entidad;
Que por el Decreto N° 2124/07 fue designado en el cargo de Director General de Personal Docente y No Docente (DNI 4.424.818) el Señor Carlos Alberto Lelio;
Que dicho funcionario presentó su renuncia al cargo antes mencionado, aceptándose la misma por el Decreto 483/10;
Que por el expediente que se detalla en el visto tramita el informe final de gestión presentando por el Señor Carlos Alberto Lelio, el cual se ajusta a los requisitos de tiempo y forma prescriptos por la normativa vigente;
Que consecuentemente con lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo que apruebe la tarea establecida en el artículo 25 de la Ley N° 70 y en consecuencia abonar la tarea allí establecida.
Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,
Artículo 1°.- Acredítese el cumplimiento por parte del Señor Carlos Alberto Lelio (DNI 4.424.818) en legal tiempo y forma, de la responsabilidad establecida por el artículo 25 de la ley 70 respecto de la presentación del informe final de gestión, y retribúyase la misma conforme lo determina la reglamentación de la ley citada.
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, y a la Dirección General de Personal Docente y no Docente para su conocimiento, notificación al interesado y demás efectos. Cumplido, archívese. Bullrich