LEY 3518 2010

Síntesis:

APROBACIÓN DE CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN CULTURAL - MUNICIPALIDAD DE TILCARA - PROVINCIA DE JUJUY - INTERCAMBIO CULTURAL - TÉCNICO - BICENTENARIO - MINISTERIO DE CULTURA - FECHA 7-4-2010 - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACION DEL DIGESTO JURIDICO)

Publicación:

03/09/2010

Sanción:

05/08/2010

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

26/08/2010


 

TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de Actualización: 29 de febrero de 2024

 

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Apruébase el Convenio Marco de Colaboración Cultural suscripto el 07 de Abril de 2010, entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en dicho acto por el señor Jefe de Gobierno, Ing Mauricio Macri y la Municipalidad de Tilcara, Provincia de Jujuy, representada en dicho acto por el señor Intendente Félix Pérez y registrado como Convenio N° 04/10, cuya copia certificada se adjunta como anexo y como tal forma parte integrante de la presente Ley.

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Moscariello - Pérez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3496

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGADA POR
APRUEBA
<p>Art. 1 de la Ley 3518, aprueba el Convenio Marco de Colaboración Cultural, suscripto entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la Municipalidad de Tilcara, registrado como Convenio 04-10. </p>