RESOLUCIÓN 120 2010 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

SE INVIERTE SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN EN UN TRAMO DE LA CALLE JOSÉ ANTONIO CABRERA - INVERSIÓN DE SENTIDO - MANO ÚNICA - PERMISO DE ESTACIONAR - ESTACIONAMIENTO PERMITIDO - PEATONALIZACIÓN - SECTOR PRÓXIMO A LA PLAZA CORTÁZAR  - RED TERCIARIA -  TRÁNSITO

Publicación:

06/09/2010

Sanción:

27/08/2010

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO

la nota N° 826.957-DGTRANSI-2010, y

CONSIDERANDO:

Que, por el actuado consignado en el visto, la Dirección General de Tránsito, hace referencia a los estudios realizados en el Barrio de Palermo con motivo de la posible peatonalización de un sector próximo a la Plaza Cortázar y en lo cuales ha observado, entre otras cosas, que en materia de circulación podría concretarse la inversión del sentido único de la calle José Antonio Cabrera, entre Av. Raúl Scalabrini Ortiz y Godoy Cruz;

Que, resulta atendible establecer para dicha arteria el sentido único de circulación de sureste a noroeste, con el objeto de favorecer en ese barrio los movimientos de los rodados al aplicarse el sector peatonal aludido, haciéndose notar que por dicho tramo de calle no tiene fijado su recorrido ninguna línea de transporte y que ello no disminuirá la seguridad vial en ese sector, tanto de la circulación de vehículos como en la de peatones;

Que, por otra parte, es de hacer notar que ese tramo de la calle José Antonio Cabrera es netamente barrial, por lo cual el estacionamiento se encuentra permitido junto a la acera izquierda, circunstancia que aconseja mantenerlo, por tratarse de una calle de la Red Terciaria, de más de ocho (8) metros de ancho, como lo exige el artículo 7.1.16 del Código de Tránsito y Transporte.

Por ello, conforme las facultades otorgadas por los artículos 1.2.2 y 7.1.16 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácterasignado al suscripto por el Decreto 498-GCBA-2008,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1° - Inviértese con carácter transitorio y experimental, por el término de 90 días corridos, a partir de la fecha de su implementación, el sentido único de circulación -y modifícase en el texto ordenado del Decreto Ordenanza N° 10.407/1947 (B .M. 8174)- al siguiente tramo de calle en la forma que se indica:

JOSÉ ANTONIO CABRERA, de Avenida Raúl Scalabrini Ortiz a Godoy Cruz, de SE a NO.

Artículo 2° - Permítase a partir de su implementación, el estacionamiento general de vehículos durante las 24 horas, junto al cordón de la acera izquierda, en el tramo citado en el artículo anterior.

Artículo 3° - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el señalamiento vertical según proyecto y ejecución de la Dirección General de Tránsito, la cual, también, fijará la fecha de implementación mediante la respectiva Disposición.

Artículo 4° - Regístrase, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, dentro del plazo fijado por el artículo 1.2.3 del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección General de Tránsito, para su conocimiento y comunicación a la Policía Federal Argentina, al Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte, al Centro de Gestión y Participación Comuna N° 14 y a la Dirección General de Transporte. Cumplido, continúese con el trámite indicado en el artículo anterior. Dietrich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTADA POR
La Dispos 365-DGTRANSI-10 fija el 15 de setiembre de 2010 a las 10 horas como fecha de implementación de la Res 120-SSTRANS-10
MODIFICADA POR
Art 1 de la Disp 375-DGTRANSI-10 Modifica la fecha de implementación de la Res 120-SSTRANS-10
MODIFICADA POR
Res. 176-SSTRANS-10 prorroga la modificación en el sentido de circulación de la calle J. Cabrera, dispuesto por Res. 120-SSTRANS-10
MODIFICA
Art 1 de la Res 120-SSTRANS-10 invierte con carácter transitorio y experimental, por el término de 90 días corridos, el sentido único de circulación de la calle JOSÉ ANTONIO CABRERA, de Av Raúl Scalabrini Ortiz a Godoy Cruz, y modifícase en el texto ordenado del Decreto Ord 10.407-47