RESOLUCIÓN 686 2010 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

CONVOCATORIA - SE CONVOCA A ELECCIONES PARA INTEGRAR REPRESENTANTES DE LOS ABOGADOS Y ABOGADAS  EN EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA Y EL JURADO DE ENJUICIAMIENTO -  COMICIOS -  ELECCIONES - PADRONES - ELECTORES -  DÍA 9 DE NOVIEMBRE DE 2010 - REQUISITOS -  MATRICULADOS-AS EN EL COLEGIO PÚBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL 

Publicación:

07/09/2010

Sanción:

26/08/2010

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que atento lo establecido en los artículos 115 y 121 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y Leyes 31 y 54, y lo dispuesto por el Reglamento General Electoral del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde convocar a elecciones de representantes de los/las abogados/as que integrarán el Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento en el próximo período que comenzará a regir el 18 de diciembre de 2010.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, La ley N° 31 y la Ley 1086,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Art. 1°: Convocar a elecciones de tres (3) representantes titulares y tres (3) suplentes de los abogados/as para integrar el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por un período de cuatro (4) años a contar desde el 18 de diciembre de 2010.

Art. 2°: Convocar a elecciones de ocho (8) representantes titulares de los abogados/as para integrar el Jurado de Enjuiciamiento de la Ciudad de Buenos Aires, por un período de cuatro (4) años a contar desde el 18 de diciembre de 2010.

Art. 3°: Los comicios se celebrarán el día 9 de noviembre de 2010, en la sede del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, Av. Corrientes 1441 de la Ciudad de Buenos Aires, entre las 8 y las 18 horas.

Art. 4°: El padrón de electores está conformado por todos/as aquellos/as abogados/as matriculados/as en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal que cumplan los requisitos previstos en el artículo 13 inciso b) de la Ley 31 -conforme texto aprobado por Ley 1007- y posean domicilio electoral registrado ante la Justicia Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 5°: La organización, oficialización y fiscalización de ambos comicios estará a cargo de la Junta Electoral del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal -conforme artículo 9° del Reglamento Electoral del C.P.A.C.F. y art. 59 Ley 23.187- ante la cual deberán efectuarse los reclamos para subsanación de errores u omisiones, hasta cinco (5) días hábiles posteriores a la finalización del período de exhibición del padrón provisorio que por el mismo plazo comenzará el día 1° de octubre de 2010. Las listas de candidatos para cada uno de los órganos deben ser presentadas para su oficialización hasta veinte (20) días corridos anteriores a la fecha de los comicios.

Art. 6°: Los requisitos y modalidades del proceso electoral se regirán por las normas del Reglamento General Electoral del Consejo de la Magistratura aprobado mediante Resolución CM N° 248/2002 -y sus modificatorias- y en cuanto no se oponga al mismo, por el Reglamento Electoral del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.

 Art.7°: Regístrese, publíquese por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y por igual plazo el aviso obrante como Anexo I en los diarios La Nación y Página 12 instruyéndose a estos fines al Sr. Administrador General, comuníquese al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, al Sr. Administrador General del Poder Judicial y, oportunamente, archívese.-

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. 686-CMCBA-10 Los requisitos y modalidades del proceso electoral se regirán por las normas del Reglamento General Electoral del Consejo de la Magistratura aprobado mediante Res.248-CMBA-02