RESOLUCIÓN 525 2010 MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO

Síntesis:

APRUEBA ACTA ACUERDO ENTRE  LA EMPRESA CHEDIACK-ESUCO SA UTE Y  LA SUBSECRETARIA DE INGENIERÍA Y OBRAS PUBLICAS EN EL MARCO DE LA LICITACIÓN PUBLICA  1080-06 - EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE DETALLE Y CONSTRUCCIÓN DE LOS CRUCES BAJO A NIVEL DE AV. DORREGO Y WARNES CON VÍAS DEL FERROCARRIL METROPOLI

Publicación:

24/09/2010

Sanción:

21/09/2010

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO


VISTO:

La Ley 2.810, la Resolución N° 527-MDU/09, el actuado que corre por Registro N° 659.835-SSIYOP/10, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Registro N° 659.835-SSIYOP/10, la empresa CHEDIACK-ESUCO S.A UTE presentó el certificado de la Redeterminacion Definitiva de Precios N° 1 para los meses de Agosto, septiembre, octubre, Noviembre y Diciembre /07 respectivamente, con relación a la obra “Ejecución del Proyecto de detalle y construcción de los cruces bajo a nivel de AV. Dorrego y Warnes con vías del ferrocarril Metropolitano (Ex FF.CC ) (Licitación Publica N° 1.080/06 - Expediente N° 40.871/06)”de la Cual resultó adjudicataria;

Que la Comisión de Redeterminación de Precios y la Procuración General han intervenido en función de sus respectivas competencias;

Que en cuanto a la Redeterminación Definitiva de Precios N° 1, el monto resultante debe ser abonado de conformidad con los términos contractuales y previstos en los pliegos licitatorios;

Que las áreas pertinentes han calculado la certificación del año 2.007 a valores redeterminados arrojando un incremento para la obra básica de (1.403,61.-) PESOS TRESCIENTOS UN MIL CUATROCIENTOS TRES CON SESENTA Y UNO CENTAVOS;

Que conforme surge del Informe agregado a fs. N° 108 del Registro N° 659.835-SSIYOP/10, el monto indicado precedentemente constituye un crédito originado con anterioridad al 31 de diciembre de 2.007, correspondiendo de tal forma el pago del mismo mediante el régimen de la Ley 2.810;

Que la empresa CHEDIACK-ESUCO SA UTE, no opuso objeción alguna a la cancelación de la Redeterminación de Precios Definitiva N° 1 mediante Bonos Ley 2.810;

Que en tal sentido, CHEDIACK-ESUCO SA UTE y la Subsecretaria de Ingeniería y Obras Publicas procedieron a la suscripción del Acta Anexo III del Decreto N° 1.098/08, reglamentario de la Ley 2.810, a efectos de cancelar la deuda en cuestión mediante los Bonos establecidos por el régimen mencionado;

Que conforme surge de la cláusula octava del Acta Acuerdo Anexo III, la validez y eficacia de la misma se encuentra supeditada a la aprobación por parte del Director de Contaduría General del GCBA;

Que la Dirección General de Contaduría del GCBA afectó en forma preventiva el gasto cuyo pago en bonos fue aceptado por CHEDIACK-ESUCO S.A UTE mediante el Acta Acuerdo del Anexo III mencionada;

Que asimismo y en tal sentido, la Dirección General de Contaduría del GCBA exige la aprobación de la erogación por parte de este organismo ministerial a fin de efectuar la afectación definitiva del gasto;

Que habiendo dictaminado las áreas técnicas correspondientes, tanto en lo que respecta a los montos consignados como en cuanto al procedimiento seguido, corresponde emitir el acto administrativo aprobatorio del Acta Acuerdo Anexo III Ley 2.810.

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébese el Acta Acuerdo Anexo III del Decreto 1.098/08 (reglamentario de la Ley 2.810), suscripto entre la empresa CHEDIACK-ESUCO S.A UTE y la Subsecretaria de Ingeniería y Obras Publicas en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución N° 527-MDUGC/09, en el marco de la obra “Ejecución del Proyecto de detalle y construcción de los cruces bajo a nivel de Av. Dorrego y Warnes con vías del ferrocarril Metropolitano (Ex FF.CC ) (Licitación Publica N° 1.080/06 - Expediente N° 40.871/06)

Artículo 2°.- Apruébese, consecuentemente, el gasto reconocido a la empresa CHEDIACK - ESUCO S.A UTE, por la suma de (1.403,61.-)(PESOS TRESCIENTOS UN MIL CUATROCIENTOS TRES CON SESENTA Y UNO CENTAVOS, en concepto de pago de la Redeterminación de Precios Definitiva N° 1, para el período 2.007; correspondiente a la obra en cuestión, tal como ha sido reconocido mediante el Acta Acuerdo Anexo III del Decreto 1.098/08 (reglamentario de la Ley 2.810) referenciada en el artículo precedente.-

 Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (www.buenosaires.gov.ar), y para su conocimiento y demás efectos, gírese a la Dirección General de Obras de Ingeniería , la que deberá notificar a la empresa Contratista. Posteriormente y por cuerda separada remítase copia a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res 525-MDUGC-10 aprueba redeterminación provisoria de precios contractuales , a la empresa adjudicataria por Dec. 665-07