DECRETO 746 2010

Síntesis:

CONVALIDA LA ACTUACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL JURADO INTERVINIENTE EN LA SELECCIÓN DE LAS OBRAS PRESENTADAS EN EL LI SALÓN ANUAL DE MANCHAS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES 2008, INTEGRADO POR LAS SIGUIENTES PERSONAS LUIS HORACIO ALBERTO ESCOBAR - JORGE ANDRÉS MANSUETO - PAOLA ZAPPA - GERARDO FELDSTEIN - FABIÁN EVARISTO FERNÁNDEZ - OTORGA PREMIOS  - LAURA YOLANDA GERLER0 - MARIO LISANDRO DÍAZ - JOSÉ ANTONIO BONANNO -DIRECCIÓN DEL MUSEO DE ARTES PLÁSTICAS “EDUARDO SÍVORI“

Publicación:

01/10/2010

Sanción:

23/09/2010

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

El Expediente N° 651.174/10, la Ordenanza N° 36.689 y el Decreto N° 975/95, y

CONSIDERANDO:

Que mediante dicha actuación la Dirección General de Museos tramita la solicitud interpuesta por la Dirección del Museo de Artes Plásticas “Eduardo Sívori“, respecto del otorgamiento de los premios correspondientes al LI Salón Anual de Manchas de la Ciudad de Buenos Aires 2008, cuyos montos fueron fijados por Decreto N° 975/95;

Que es necesario ratificar la actuación de los miembros del jurado interviniente en la selección de las obras presentadas en el Salón de referencia;

Que resulta procedente disponer el pago de los honorarios de dicho jurado, así como también adjudicar los citados premios de acuerdo con lo establecido en el Título II, Capítulo II, Artículos 63 y 75 de la Ordenanza N° 36.689.

Por ello y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Convalídase la actuación de los miembros del jurado interviniente en la selección de las obras presentadas en el LI Salón Anual de Manchas de la Ciudad de Buenos Aires 2008, integrado por las siguientes personas:

LUIS HORACIO ALBERTO ESCOBAR DNI 16.430.455

JORGE ANDRÉS MANSUETO DNI 10.341.904

PAOLA ZAPPA DNI 25.230.134

GERARDO FELDSTEIN DNI 12.677.710

FABIÁN EVARISTO FERNÁNDEZ DNI 16.495.535

Artículo 2°.- Otórganse los premios establecidos por el Artículo 63° de la Ordenanza N° 36.689 correspondientes a las obras presentadas en el LI Salón Anual de Manchas de la Ciudad de Buenos Aires 2008, a las personas que a continuación se mencionan, por Acta N° 2/09, cuya fotocopia autenticada pasa a formar parte, como Anexo, del presente Decreto:

PRIMER PREMIO ADQUISICIÓN: PESOS NOVECIENTOS ($ 900) a la obra N° 20 de Laura Yolanda Gerlero, DNI 10.265.154.

SEGUNDO PREMIO ADQUISICIÓN: PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 450) a la obra N° 22 de Mario Lisandro Díaz, DNI 30.743.447.

TERCER PREMIO ADQUISICIÓN: PESOS DOSCIENTOS SETENTA ($ 270) a la obra N° 24 de José Antonio Bonanno, LE 08.414.559.

PREMIOS ESTÍMULO: PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO ($ 135) a cada una de las obras y artistas que a continuación se detallan:,

Obra N° 42 de Claudia Maranga DNI 11.683.256

Obra N° 12 de María Pilar Nesich DNI 03.604.306

Obra N° 10 de Horacio Omar Ortiz DNI 11.893.416

Obra N° 47 de Andrés Sergio Echeveste DNI 17.545.739

Obra N° 26 de Pablo García DNI 12.489.328

Obra N° 21 de Aurora Miriam Ibañez DNI 11.576.844

Obra N° 46 de Mirta Eugenia Lusewicz DNI 13.625.334

Obra N° 37 de Claudia Croce DNI 14.126.336

Obra N° 22 de Victoria Lauciello DNI 10.599.547

Obra N° 03 de Jefferson Pozo DNI 93.993.920

Artículo 3°.- Páguese a cada una de las personas mencionadas en el artículo primero la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 250) por su intervención en el concurso de que se trata.

Artículo 4°.- Páguense a las personas mencionadas en el artículo segundo las sumas que en cada caso se indican.

Artículo 5°.- El monto total de los gastos asignados, que asciende a la suma de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTE ($ 4.220), será imputado a la partida respectiva del presupuesto en vigor.

Artículo 6°.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir la erogación de que se trata en una orden general de pago.

Artículo 7°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Cultura y de Hacienda y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 8°.- Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase a la Secretaría de Comunicación Social para su publicidad en los medios de comunicación masiva y, previo conocimiento de la Dirección General de Museos, pase a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, las cuales desglosarán fotocopias autenticadas del presente Decreto, que a tal efecto se acompañan. Cumplido, archívese. MACRI ­ Lombardi ­ Grindetti ­ Rodríguez Larreta


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3516

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Decreto 746-10 otorga los premios fijados por el Decreto 975-95 a las obras presentadas en el LI Salón Anual de Manchas de la Ciudad de Buenos Aires 2008