ACORDADA 31 2010 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Síntesis:

MODIFICACIÓN DE REGLAMENTO DE PERSONAL - TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - PODER JUDICIAL - CUMPLIMIENTO DEL HORARIO FIJADO - AUSENCIA O IMPOSIBILIDAD DE ASISTENCIA - AVISO - DEBERES DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS - AUSENTE - PRESENTISMO- PUNTUALIDAD - OFICINA DE PERSONAL

Publicación:

28/10/2010

Sanción:

14/09/2010

Organismo:

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA


En la Ciudad de Buenos Aires, a los 14 días del mes de septiembre de 2010, se reúne el Tribunal Superior de Justicia, integrado por su presidenta, la señora jueza Ana María Conde, los señores jueces y la señora jueza Luis Francisco Lozano, Alicia E. C. Ruiz y José Osvaldo Casás; y

CONSIDERAN:

El Anexo I de la Acordada N° 25/2009 contiene la responsabilidad primaria y funciones de la división Administración del Personal perteneciente al área Personal, con vigencia a partir del 1° de enero de 2010, entre las cuales se encuentra la n° 12 “Intervenir en la asistencia y puntualidad del personal. Recepcionar y controlar el parte diario de asistencia de las distintas áreas”.

En tanto el Reglamento del Tribunal Superior de Justicia contempla, por su art. 19, inc. e), el deber de dar aviso inmediato al superior jerárquico en servicio, ratificado ello por el art. 27, primer párrafo, en cuanto dispone que las inasistencias requieren aviso inmediato al jefe de oficina o al superior jerárquico en el servicio; no existe norma expresa que disponga informar tal aviso al área Personal.

Para que Administración de Personal pueda dar efectivo cumplimiento a la función encomendada, resulta necesario requerir a los jefes de oficina le informen diariamente las novedades del personal a su cargo. Podrán delegar esta tarea en un agente que designen.

Por ello, en ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 114 de la Constitución de la Ciudad;

ACUERDAN:

1. MODIFICAR el inciso e del articulo 19 del Reglamento del Tribunal Superior de Justicia -Acordada n° 7/1998 y sus modificaciones-, el que quedará redactado de la siguiente forma:

“Cumplir el horario fijado y, en caso de ausencia o imposibilidad de asistencia, dar aviso inmediato al superior jerárquico en el servicio. El jefe de oficina, deberá informar, diariamente y por correo electrónico estas novedades al área Personal; pudiendo delegar esta tarea en cualquier agente de la unidad de organización de su dependencia”.

2. MANDAR se registre, se notifique a todos los agentes del Tribunal y se publique por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Conde - Lozano - Ruiz - Casás

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art 1 de la Acordada 31-TSJ-10 modifica el inciso e del articulo 19 del Reglamento del Tribunal Superior de Justicia TO de la Acordada N° 7-98</p>
MODIFICA
Art 1 de la Acordada 31-TSJ-10 modifica el inciso e del articulo 19 del Reglamento del Tribunal Superior de Justicia -Acordada 7-98 y sus modificaciones