DECRETO 815 2010

Síntesis:

PROMULGA LEY 3577

Publicación:

01/11/2010

Sanción:

25/10/2010

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES



En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 del la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 3.577 la que con su Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto, fue sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 30 de septiembre de 2.010 (Expediente N° 1.195.668/10). Dése al Registro, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos del Control, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase al Ministerio de Desarrollo Urbano a su conocimiento y demás fines de su competencia.
El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Urbano y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGA