RESOLUCIÓN 4213 2010 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
RATIFICA EL PLAN DE ESTUDIOS FORMACIÓN DE PROFESORES EN MATEMÁTICA EN EL INSTITUTO DEL PROFESORADO SAGRADO CORAZÓN - APRUEBA LAS ADECUACIONES Y MODIFICACIONES INCORPORADAS AL PLAN DE ESTUDIOS
Publicación:
17/11/2010
Sanción:
26/08/2010
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO:
La Carpeta N° 462.652/MEGC/2010 y,
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 233/SED/2004 se aprobó el Plan de Estudios para la formación de Profesores en Matemática para ser implementados en el Instituto del Profesorado Sagrado Corazón ( A- 29), CUE N° 020085400;
Que dentro del marco de la Ley N° 26.206 de Educación Nacional, se ha establecido por Decreto PEN N° 144/2008 que a partir de la cohorte del año 2009, la validez nacional de los títulos y certificaciones de formación docente, será otorgada bajo la condición de que encuentren cumplidos los requisitos de inscripción en el Registro del Instituto Nacional de Formación Docente;
Que Instituto Nacional de Formación Docente certifica que el Instituto del Profesorado Sagrado Corazón de la Ciudad de Buenos Aires se encuentra inscripto en el Registro Federal de Instituciones y Ofertas de Formación Docente;
Que durante el año 2008 se asentó en dicho registro el título de Profesor en Matemática, N° 0200124708T004632;
Que la Resolución del Consejo Federal de Educación N° 74/08 establece la titulación para los profesorados que solo otorguen título con alcance para la educación secundaria y la nominación es la de Profesor/a de Educación Secundaria en ....;
Que la adecuación propuesta por el Rectorado del Instituto del Profesorado S agrado Corazón para el Profesorado de Profesor de Educación Secundaria en Historia contempla lo normado por la Resolución CFE N° 83/09 y sus anexos en lo referente a la carga mínima de 2860 horas-reloj;
Que el alcance del título será el de Profesor/a de Educación Secundaria en Matemática;
Que la norma jurisdiccional de aprobación del diseño curricular y/o plan de estudios de la carrera para la cual se solicita validez nacional, es la Resolución N° 3243/SED/2005;
Que por todo ello se necesita se dicte una norma de orden jurisdiccional que apruebe las adecuaciones correspondientes enmarcando el procedimiento a la Resolución Ministerial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, conforme a lo establecido en el artículo 9° del precitado decreto, el trámite de validez nacional correspondiente deberá iniciarse ante el Ministerio de Educación de la Nación,
Que la Resolución MEN N° 1019/09 establece el 31 de diciembre de 2010 como fecha límite para el inicio del trámite de validez nacional de los títulos ante el Ministerio de Educación de la Nación;
Que ha tomado intervención la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica y las Direcciones Generales de Educación de Gestión Privada y de Coordinación Legal e Institucional.
Por ello, y en uso a las facultades que le son propias,
Artículo 1°- Ratifícase el plan de estudios Formación de Profesores en Matemática, aprobado por Resolución N° 233/SED/2005, para ser aplicado en el Instituto del Profesorado Sagrado Corazón ( A- 29).
Artículo 2°.- Apruébase las adecuaciones incorporadas al Plan de Estudios para la formación de Profesor/a de Educación Secundaria en Matemática, aprobados por Resolución N° 233/SED/2005, para su aplicación en el Instituto del Profesorado Sagrado Corazón ( A- 29), CUE N° 020085400 que como Anexo forma parte integrante de esta resolución a todos sus efectos.
Artículo 3°.- Déjase constancia que la aprobación no lleva implícita ninguna erogación presupuestaria para este Ministerio.
Artículo 4°.- Establécese que las adecuaciones resultantes aprobadas en el artículo 1° serán presentadas antes del 31 de diciembre de 2010 al Ministerio de Educación de la Nación para tramitar la validez nacional de los mismo.
Artículo 5°.- Remítase copia de esta Resolución al Ministerio de Educación Nacional (Departamento de Validez Nacional de Títulos y Estudios) a efectos de tramitar la validez nacional del presente plan de estudios.
Artículo 6°.- Dése al registro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese por copia a las Subsecretarías de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica y de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos, a las Direcciones Generales de Administración de Recursos y de Coordinación Legal e Institucional, y a la Dirección de Formación Docente. Pase a la Dirección General de Educación de Gestión Privada a efectos de posteriores trámites.
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3546