RESOLUCIÓN 962 2010 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

SE DESIGNA PERSONAL EN LA POLICÍA METROPOLITANA

Publicación:

18/11/2010

Sanción:

11/11/2010

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


RESOLUCIÓN N.° 962/MJYSGC/10.

Buenos Aires, 11 de noviembre de 2010

VISTO:

Las Leyes N° 2.894 de Seguridad Pública y N° 2.947 del Estatuto del Personal de la Policía Metropolitana, el Decreto N° 380/09, la Resolución N° 479-MJYSGC/09 y el Expediente N° 1153966/10 e incorporados, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.894 establece las bases jurídicas e institucionales del Sistema de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y encomienda al Gobierno de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción política e institucional de dicho sistema y crea la Policía Metropolitana;

Que el Instituto Superior de Seguridad Pública creado por la Ley N° 2.894 tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente, al personal de la Policía Metropolitana;

Que la Ley N° 2.947 del Estatuto del Personal de la Policía Metropolitana, determina las bases jurídicas e institucionales que regirán la relación de empleo del personal de la Policía Metropolitana;

Que el Artículo 17 del mencionado Estatuto establece que el Escalafón General Policial se organiza en una categoría única que cuenta con grados que integran cuadros oficiales;

Que en dicho marco legal se ha iniciado el proceso de selección e incorporación de los aspirantes a formar parte de la Policía Metropolitana, habiéndose efectuado un pormenorizado análisis de los antecedentes personales y profesionales de los agentes propuestos;

Que, por otra parte, la Cláusula Transitoria Primera de la Ley N° 2.947 establece que “para el caso del personal proveniente de otras fuerzas de seguridad nacionales o provinciales que se incorporen a la Policía Metropolitana hasta Diciembre del 2011 y que no cumplan con lo establecido en el inciso c) del Articulo 46 de la Ley 2.894, la reglamentación establecerá plazos para que dicha exigencia sea cumplida”;

Que, en virtud de ello, la norma antes citada no excluye la posibilidad de efectuar incorporaciones de personal que, a la fecha, no cumpla el requisito exigido por el inciso c) del Artículo 46 de la Ley 2.894, sin perjuicio de que el mismo deba ser acreditado en el plazo que establezca la reglamentación;

Que la Resolución N° 479-MJYSGC/09 ha aprobado la descripción de las responsabilidades primarias de los distintos grados del personal de la Policía Metropolitana;

Que mediante Decreto N° 380/09, se estableció la retribución bruta normal y habitual del personal de la Policía Metropolitana;

Que el Sr. Jefe de la Policía Metropolitana, mediante Providencia N° 1306805/PMCABA/10, ha propuesto la lista de personal para ser designado con los alcances previstos en las Disposiciones Transitorias Primera y Tercera, de la Ley de Seguridad Pública N° 2.894;

Que la Ley N° 2.894, en su Cláusula Transitoria Tercera, establece que “El personal proveniente de otras Fuerzas que se incorporen para conformar la primera estructura de mandos medios deberá satisfacer las exigencias de los exámenes psicofísicos y de conocimientos profesionales durante la realización del Curso de Integración y Nivelación del Instituto Superior de Seguridad Pública, siendo éste condición sine qua non para formar parte de los cuadros permanentes de la Institución”;

Que los agentes cuyo estado policial se otorga por la presente han realizado satisfactoriamente el “Curso de Integración y Nivelación” del Instituto Superior de Seguridad Pública y aprobado el examen psicológico que fuera realizado en la División Centro de Incorporaciones, de conformidad con lo que surge de la Carpeta N° 1293828/ISSP/10 incorporada al Expediente citado en el visto;

Que el personal cuya designación se propicia en el Anexo II de la presente, ha solicitado su baja en su fuerza de origen, encontrándose en la actualidad en situación de inactividad;

Que ello significa que el personal señalado en el párrafo precedente, se encuentra imposibilitado de desempeñar actividad alguna en su fuerza de origen;

Que sin perjuicio de lo señalado en los párrafos precedentes corresponde establecer que las designaciones que se propician en el Anexo II, que forma parte integrante de la presente, serán definitivas una vez acreditada la baja otorgada por la fuerza de origen;

Que, en virtud de ello, corresponde otorgar el estado policial al personal que se detalla en el anexo que forma parte integrante de la presente.

Por ello, en uso de las facultades conferidas en la Ley N° 2.894,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE

Artículo 1.- Desígnase en la Policía Metropolitana y otórgase estado policial, a partir del 25 de octubre de 2010, al personal que se detalla en los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente, en los grados que allí se indican.

Artículo 2.- Establécese que los Sres. Arceo Franciso Javier (DNI N° 27.951.098), Barcena Roberto Eduardo Esteban (DNI N° 18.286.527), Ledesma Miguel Angel (DNI N° 17.436.838) y Sanchez Carlos Jose Luis (DNI N° 16.598.559), deberán dar cumplimiento con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 46 de la Ley N° 2.894, en el plazo que disponga la reglamentación, siendo la Dirección General de Administración de los Recursos Humanos de la Policía Metropolitana la responsable del seguimiento y verificación de la acreditación del cumplimiento de dicho requisito.

Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General Contaduría, a la Dirección General Tesorería, a la Jefatura de la Policía Metropolitana, a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad, a la Obra Social de la Policía Metropolitana y pase a la Dirección General de Administración de los Recursos Humanos de la Policía Metropolitana para su conocimiento, notificación del personal y demás efectos. Cumplido, archívese. Montenegro

ANEXO


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3547

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 1 Decreto 379-19 desestima el recurso jerárquico interpuesto, en subsidio del de reconsideración, por el Sr. Diego Sebastián Barone, contra la Resolución 962-MJYSGC-10.</p>