RESOLUCIÓN 41 2009 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
FIJA PRECIO DE VENTA DE EJEMPLARES DE LIBROS BARRIOS CALLES Y PLAZAS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. ORIGEN Y RAZÓN DE SUS NOMBRES
Publicación:
04/02/2009
Sanción:
08/01/2009
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
Estado:
No vigente
VISTO:la Nota N° 1.056-DGPeIH/08 y de acuerdo a lo normado por la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A N° 2.824), y
CONSIDERANDO:
Que, por la citada actuación, la Dirección General de Patrimonio e Instituto Histórico solicita la valorización para proceder a la venta y la autorización respectiva para la distribución gratuita del libro ÃÂBarrios, calles y plazas de la Ciudad de Buenos Aires.Origen y razón de sus nombresÃÂ;
Que, cabe aclarar que la cantidad total editada es de UN MIL (1.000) ejemplares;
Que, dicho material resulta un instrumento idóneo y atractivo para las acciones que está realizando este Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, en virtud del interés demostrado por numerosos particulares en la compra de dicha publicación, la citada Dirección General requiere se fijen los precios de venta minorista, valorizándose para tal fin CUATROCIENTOS (400) ejemplares;
Que, se reserva la cantidad de SEISCIENTOS (600) ejemplares de los títulos señalados, para su distribución gratuita en colegios, bibliotecas y demás instituciones que lo soliciten.
Por ello, y teniendo en cuenta las facultades conferidas por las Ordenanzas N° 25.702 (B.M. 14.067) y 25.752 (B.M. 14.081) y de acuerdo a lo normado por la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A N° 2.824),
Artículo 1°.- Fíjase la suma de PESOS CUARENTA (.-) el precio de venta de cada ejemplar del libro ÃÂBarrios, calles y plazas de la Ciudad de Buenos Aires. Origen y razón de sus nombresÃÂ, valorizándose para tal fin CUATROCIENTOS (400) ejemplares.
Artículo 2°.- Resérvase la cantidad de SEISCIENTOS (600) ejemplares del libro ÃÂBarrios, calles y plazas de la Ciudad de Buenos Aires. Origen y razón de sus nombresÃÂ, para su distribución gratuita en colegios, bibliotecas y demás instituciones que lo soliciten.
Artículo 3°.-Regístrese y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Patrimonio e Instituto Histórico, quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y al Área de Fiscalización de la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Lombardi