RESOLUCIÓN 41 2009 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

 FIJA PRECIO DE VENTA DE EJEMPLARES DE LIBROS BARRIOS CALLES Y PLAZAS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. ORIGEN Y RAZÓN DE SUS NOMBRES

Publicación:

04/02/2009

Sanción:

08/01/2009

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA

Estado:

No vigente


VISTO:la Nota N° 1.056-DGPeIH/08 y de acuerdo a lo normado por la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A N° 2.824), y

CONSIDERANDO:

Que, por la citada actuación, la Dirección General de Patrimonio e Instituto Histórico solicita la valorización para proceder a la venta y la autorización respectiva para la distribución gratuita del libro “Barrios, calles y plazas de la Ciudad de Buenos Aires.Origen y razón de sus nombres”;

Que, cabe aclarar que la cantidad total editada es de UN MIL (1.000) ejemplares;

Que, dicho material resulta un instrumento idóneo y atractivo para las acciones que está realizando este Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, en virtud del interés demostrado por numerosos particulares en la compra de dicha publicación, la citada Dirección General requiere se fijen los precios de venta minorista, valorizándose para tal fin CUATROCIENTOS (400) ejemplares;

Que, se reserva la cantidad de SEISCIENTOS (600) ejemplares de los títulos señalados, para su distribución gratuita en colegios, bibliotecas y demás instituciones que lo soliciten.

Por ello, y teniendo en cuenta las facultades conferidas por las Ordenanzas N° 25.702 (B.M. 14.067) y 25.752 (B.M. 14.081) y de acuerdo a lo normado por la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A N° 2.824),

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE

Artículo 1°.- Fíjase la suma de PESOS CUARENTA (.-) el precio de venta de cada ejemplar del libro “Barrios, calles y plazas de la Ciudad de Buenos Aires. Origen y razón de sus nombres”, valorizándose para tal fin CUATROCIENTOS (400) ejemplares.

Artículo 2°.- Resérvase la cantidad de SEISCIENTOS (600) ejemplares del libro “Barrios, calles y plazas de la Ciudad de Buenos Aires. Origen y razón de sus nombres”, para su distribución gratuita en colegios, bibliotecas y demás instituciones que lo soliciten.

Artículo 3°.-Regístrese y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Patrimonio e Instituto Histórico, quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y al Área de Fiscalización de la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Lombardi

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 5 Anexo III de la Resolución 5305-MCGC-18 deroga la Resolución 41-MCGC-09.</p>
DEROGADA POR
<p>Art. 3 y Anexo III de la Resolución 4255-MC-18 deroga la Resolución 41-MCGC-09.</p>