LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2010

Síntesis:

DECLARA INTEGRANTE DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES  AL PUENTE VEHICULAR DE ESTRUCTURA METÁLICA QUE CONSTITUYE LA PROLONGACIÓN DE LA CALLE ITUZAINGO ENTRE LAS DE GUANAHANÍ Y PARACAS, Y QUE SIRVE DE PASO SOBRE LAS VÍAS DEL EX FERROCARRIL GRAL. ROCA - MONUMENTOS

Publicación:

07/12/2010

Sanción:

18/11/2010

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Ley

(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Artículo 1°.- Declárase integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo con la Ley 1227 Art. 4° inc. b)Monumentos, al puente vehicular de estructura metálica que constituye la prolongación de la calle Ituzaingo entre las de Guanahaní y Paracas, y que sirve de paso sobre las vías del ex Ferrocarril Gral. Roca.

Art. 2°.- Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los Arts. 89, inc. 3 y 90 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.- Moscariello - Pérez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APROBADA POR