RESOLUCIÓN 1047 2010 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

SUSTITUYE TEXTOS DEL REGLAMENTO DE CONCURSOS PARA LA SELECCIÓN DE JUECES Y MAGISTRADOS  DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL PODER JUDICIAL - ENTREVISTA CON LA COMISIÓN DE SELECCIÓN - COMUNICACIÓN DE RESULTADOS

Publicación:

28/12/2010

Sanción:

09/12/2010

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


RESOLUCIÓN N.° 1047/CM/10.

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2010

VISTO:

Los arts. 34 y 38 del Reglamento de Concursos para la selección de Jueces y Magistrados del Ministerio Público del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Res. CM nro. 873/08 y

CONSIDERANDO:

Que en el citado art. 34 del Reglamento de Concursos para la selección de Jueces y Magistrados del Ministerio Público se establece que el “día en que tenga lugar la evaluación escrita de la Prueba de Oposición el Secretario de la Comisión de Selección comunicará a los concursantes la fecha de las entrevistas personales que los Consejeros integrantes de esa Comisión realizarán a los cinco (5) días de producida cada evaluación oral”.

Que por su parte en el mencionado art. 38 del mismo reglamento se dispone que “dentro de los cinco (5) días de recibidos los resultados de las evaluaciones escritas y orales de la prueba de oposición, de la evaluación de los antecedentes y de las entrevistas personales el Secretario de la Comisión de Selección realizará la identificación de los Concursantes en relación a las calificaciones de sus respectivas evaluaciones escritas y ordenará la publicación de todos los resultados obtenidos por el término de tres (3) días en la página web del Consejo de la Magistratura”. Asimismo, con arreglo a lo dispuesto en el art. 10mo. del Anexo I al Reglamento de Concursos las pruebas escritas se identifican en acto público cuya realización se anuncia mediante publicación por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Que con la experiencia adquirida en materia de concursos la Comisión de Selección entiende que resulta conveniente que sus integrantes conozcan el resultado de los exámenes escritos y orales con anterioridad a la celebración de la entrevista personal, en la inteligencia que esa información permitirá una mejor evaluación de los participantes al tener conocimiento de su desempeño en la prueba de oposición.

Que en ese sentido el actual diseño del procedimiento del concurso no permite acceder a esos datos oportunamente, en tanto la identificación de los exámenes escritos necesariamente se lleva a cabo con posterioridad a las entrevistas personales, circunstancia que es necesario corregir a fin de posibilitar el conocimiento previo por parte de los Consejeros, sin alterar los plazos y el mecanismo de impugnación previsto en el art. 39 del mismo reglamento.

Que, asimismo, resulta también conveniente modificar el art. 10mo. del Anexo I al Reglamento de Concursos, en la inteligencia de que se cumple con la publicidad suficiente al anunciar la identificación de las pruebas en la página web del Consejo, procedimiento de comunicación que, por otra parte, en general adopta el mencionado reglamento.

Que del mismo modo las naturales demoras que habitualmente se producen en la corrección de los exámenes hacen conveniente modificar el primer párrafo del art. 34 y dejar librado a la Comisión de Selección la fijación oportuna de la fecha para la celebración de entrevistas personales.

Que, por último, no parece que el estado actual de los concursos en trámite constituya un óbice para la aplicación inmediata de la nueva norma, toda vez que ella no modifica la igualdad entre los participantes ni altera aquel trámite y, por lo tanto, no provoca agravio alguno.

Que la Comisión de Selección de Jueces, Juezas e integrantes del Ministerio Público expresa que deberían sustituirse los textos de los actuales arts. 34 y 38 del Reglamento de Concursos para la selección de Jueces y Magistrados del Ministerio Público del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por la Res. CM nro. 873/08 y del art. 10mo. del Anexo I por los siguientes: “Art. 34. Entrevista con la Comisión de Selección. Una vez que se hayan recibido las calificaciones de las evaluaciones escritas y orales, la Comisión de Selección ordena la identificación de las primeras y fija la fecha de realización de las entrevistas personales con los concursantes, quienes son notificados por correo electrónico. Las entrevistas son públicas menos para los restantes concursantes, y se registran mediante sistema audiovisual. La ausencia del concursante implica su exclusión automática del concurso. Si el cargo a cubrir corresponde al ámbito del Ministerio Público pueden participar de la entrevista, según fuese el caso, el Fiscal General, el Defensor General y el Asesor Tutelar General, y/o quienes ellos designen. Se invita a presenciar la entrevista a las asociaciones de magistrados, al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, asociaciones de abogados y asociaciones gremiales del Poder Judicial de la Ciudad que pudieran tener interés en su desarrollo.” “Art. 38. Comunicación de resultados. Dentro de los cinco (5) días de recibida la evaluación de antecedentes y de las entrevistas personales, por Secretaría se publican sus resultados conjuntamente con los de las evaluaciones escrita y oral en la página web del Consejo de la Magistratura por el plazo de tres (3) días”. “Art. 10mo. del Anexo I”. Las pruebas escritas se identifican en acto público, cuya realización se anuncia con anticipación suficiente mediante publicación en la página web del Consejo de la Magistratura”.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 31.

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1°: Sustituir los textos de los arts. 34 y 38 del Reglamento de Concursos para la selección de Jueces y Magistrados del Ministerio Público del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por la Res. CM nro. 873/08 y del art. 10mo. del Anexo I por los siguientes: “Art. 34. Entrevista con la Comisión de Selección. Una vez que se hayan recibido las calificaciones de las evaluaciones escritas y orales, la Comisión de Selección ordena la identificación de las primeras y fija la fecha de realización de las entrevistas personales con los concursantes, quienes son notificados por correo electrónico. Las entrevistas son públicas menos para los restantes concursantes, y se registran mediante sistema audiovisual. La ausencia del concursante implica su exclusión automática del concurso. Si el cargo a cubrir corresponde al ámbito del Ministerio Público pueden participar de la entrevista, según fuese el caso, el Fiscal General, el Defensor General y el Asesor Tutelar General, y/o quienes ellos designen. Se invita a presenciar la entrevista a las asociaciones de magistrados, al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, asociaciones de abogados y asociaciones gremiales del Poder Judicial de la Ciudad que pudieran tener interés en su desarrollo.” “Art. 38. Comunicación de resultados. Dentro de los cinco (5) días de recibida la evaluación de antecedentes y de las entrevistas personales, por Secretaría se publican sus resultados conjuntamente con los de las evaluaciones escrita y oral en la página web del Consejo de la Magistratura por el plazo de tres (3) días”. “Art. 10mo. del Anexo I”. Las pruebas escritas se identifican en acto público, cuya realización se anuncia con anticipación suficiente mediante publicación en la página web del Consejo de la Magistratura”.

Art.2°: Regístrese, notifíquese y oportunamente archívese. López Vergara - Moya

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MODIFICA
Res. 1047-10, Art. 1° modifica textos del Art. 10mo del Anexo I (Arts. 34 y 38) del Reglamento aprobado por Res. 873-08