RESOLUCIÓN 7233 2010 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
INCORPORA EL ANEXO VI A LA RESOLUCIÓN N° 1123-MEGC-10 - PROGRAMA PLAN DE EDUCACIÓN DIGITAL UNA COMPUTADORA POR ALUMNO
Publicación:
28/12/2010
Sanción:
22/12/2010
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO:
las Resoluciones N° 1123-MEGC/10, el Expediente N° 1.450.717/2010, y,
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución N° 1123-MEGC/10 se creó el programa Plan de Educación Digital Una computadora por alumno para los docentes y alumnos de las escuelas primarias públicas de gestión estatal y de gestión social de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que resulta necesario mejorar la calidad educativa, garantizar el acceso a la alfabetización digital y la inclusión social y desarrollar al máximo el potencial educativo de docentes y alumnos;
Que la apropiación de las nuevas tecnologías constituye un requisito necesario para la inclusión en las sociedades actuales;
Que el Ministerio de Educación se propone acortar la brecha educativa y digital existente, al ampliar el acceso a diferentes bienes culturales intentando compensar las desigualdades educativas;
Que en el año 2011 se prevé la implementación del plan Una computadora por alumno en todas las escuelas de educación primaria de gestión estatal y tarifa social;
Que es objetivo del Ministerio de Educación, la integración de la comunidad a los procesos de enseñanza y aprendizaje, motivo por el cual se pretende que los docentes que accedan al beneficio jubilatorio y que formaron parte del programa piloto del Plan Digital Una computadora por alumno conserven las computadoras entregadas en dicho plan;
Que para el cumplimiento de dicho objetivo resulta necesario incorporar un nuevo Anexo a la Resolución N° 1123-MEGC/10;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de Educación ha tomado intervención en el marco de su competencia.
Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1.- Incorpórese como Anexo VI de la Resolución N° 1123-MEGC/10, el Anexo que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a la Subsecretarías de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica y de Gestión Económico, Financiera y Administración de Recursos, y a las Direcciones Generales de Planeamiento Educativo y de Coordinación Legal e institucional y a la Unidad de Proyectos Especiales Plan Integral de Educación Digital. Cumplido, archívese. Bullrich
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3572