DECRETO 928 2010
Síntesis:
SE LLAMA A CONCURSO PARA LA SELECCIÓN DE PROFESIONALES QUE REVISTEN COMO TITULARES DE LA CARRERA MUNICIPAL DE PROFESIONALES DE LA SALUD
Publicación:
07/01/2011
Sanción:
28/12/2010
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
Las Ordenanzas N° 41.823, N° 42.776 y N° 41.455 y el Decreto N° 6569/87 y el Expediente N° 531.561/2010, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Salud propicia el llamado a concurso para cubrir los cargos de Secretario del Comité de Docencia e Investigación de los efectores dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ordenanza N° 41.823, modificada por Ordenanza N° 42.776 aprobó las normas de funcionamiento de los Comités de Docencia e Investigación de los Hospitales;
Que en su artículo 8 dispone que la selección del Secretario del Comité de Docencia e Investigación se realizará mediante el procedimiento de concurso cerrado a todas las Unidades de Organización en el que podrán participar los profesionales que revisten como titulares de la Carrera Municipal de Profesionales de la Salud, aprobada por Ordenanza N° 41.455;
Que los profesionales que resulten elegidos lo serán en carácter de titulares transitorios por un período de tres (3) años, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la citada Ordenanza;
Que, asimismo, por Decreto N° 6569/87 se reglamentó el procedimiento del concurso para la cobertura del cargo de Secretario del Comité de Docencia e Investigación;
Que, por otro lado, corresponde establecer el nivel de conducción que tendrá el cargo de Secretario del Comité de Docencia e Investigación de acuerdo a la complejidad de cada efector, conforme lo establecido en el artículo 3 de la citada Ordenanza,
Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1.- Llámase a Concurso cerrado a todas las unidades de organización para la selección de profesionales que revisten como titulares de la Carrera Municipal de Profesionales de la Salud, aprobada por Ordenanza N° 41.455, para cubrir el cargo de Secretario del Comité de Docencia e Investigación, en carácter de titular transitorio por un período de tres (3) años, conforme a lo establecido en las Ordenanzas N° 41.823 y N° 42.776 y en el Decreto reglamentario N° 6569/87, de los Hospitales dependientes del Ministerio de Salud establecidos en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte del presente decreto.
Artículo 2.- Establécese el nivel de conducción del cargo de Secretario del Comité de Docencia e Investigación por establecimiento asistencial, conforme lo establecido en el Anexo l.
Artículo 3.- Facúltase al titular del Ministerio de Salud a dictar las normas operativas para la implementación del llamado a concurso convocado por el artículo precedente.
Artículo 4.- El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5.- Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Hacienda y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. MACRI - Lemus - Grindetti - Rodríguez Larreta
ANEXOS
ANEXO
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3579