DECRETO 1895 2001

Síntesis:

APRUEBA COMPENSACIÓN DE CRÉDITOS

Publicación:

29/11/2001

Sanción:

22/11/2001

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 72.851/2001, por el cual se plantea la necesidad de ampliar los créditos de las partidas cuyo detalle obra en fojas anexas, y

CONSIDERANDO:

Que, la Secretaría de Promoción Social - Programa de la Administración Parque de la Ciudad, pone de manifiesto la necesidad de reflejar presupuestariamente la mayor recaudación registrada en la Cuenta Escritural N° 210048700, adecuándose correlativamente el Cálculo de Recursos en la parte correspondiente;

Que, en consecuencia procede arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades establecidas en el Capítulo I, de las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2001 aprobadas por Decreto N° 41/GCBA/2001 y lo dispuesto en el Art. 13 de la Ley N° 539;

Por ello,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Apruébase la compensación de créditos obrante en el Anexo I, que forma parte integrante del presente.

Artículo 2° - El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Dirección General de Contaduría, cumplido, archívese por el término de cinco años.

Se informa a los interesados que podrá consultarse la documentación en el Departamento Mesa de Entradas de la Subsecretaría Legal y Técnica, sita en Av. de Mayo 525 - 4° piso - Oficina 422 - Horario de 10 a 18.

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