DECRETO 4 2011
Síntesis:
MODIFICA LA DENOMINACIÓN DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL, - UNIDAD EJECUTORA EX AUTOPISTA 3 - LEY 324 - POR LA DE UNIDAD EJECUTORA PARA LA RENOVACIÓN URBANA DE LA TRAZA DE LA EX-AU3 - DEL MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO - ASIGNA NIVEL DE DIRECCIÓN GENERAL LEY 3396 - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
Publicación:
25/01/2011
Sanción:
05/01/2011
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
Las Leyes N° 324 y N° 3.396, los Decretos N° 2.075/07 y sus modificatorios, 359/10 y 508/10 y el Expediente N° 68167/08, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 324 se crea el programa de recuperación de la traza de la Ex AU3, con el objetivo de reconstruir el tejido urbano y social del área en cuestión, brindar vivienda económica a los beneficiarios; iniciar el proceso de solución habitacional definitiva, y garantizar la estabilidad habitacional de los beneficiarios durante el proceso que demande el desarrollo del mismo; y atender en forma integrada y coordinada entre los diversos organismos de gobierno, los problemas sociales de los beneficiarios;
Que el entonces vigente Decreto N° 7/01, conformó la Unidad Ejecutora del Programa de Recuperación de la traza de la Ex AU3, instancia que tenía a su cargo la evaluación de alternativas y ejecución de acciones, proyectos y planes destinados a cumplir con los objetivos de la citada Ley;
Que por Decreto N° 2.075/07 y modificatorios se aprobó la estructura organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el nivel de Dirección General, sus responsabilidades primarias y objetivos, contemplando en la órbita del Ministerio de Desarrollo Urbano la a la Unidad Ejecutora Ex Autopista 3;·
Que por la Ley N° 3.396, se crea la Unidad Ejecutora para la Renovación Urbana de la traza de la Ex AU3, cuya función es la evaluación de alternativas y ejecución de acciones. proyectos y planes, destinados a cumplir con los objetivos de la citada Ley y de la Ley N° 324, asumiendo para tal fin las funciones desempeñadas por la Unidad Ejecutora creada en virtud del entonces vigente Decreto N° 7/01, con su personal y patrimonio;
Que por Decreto 359/10, se derogó el Decreto N° 7/01 y se efectivizó la transferencia del personal, patrimonio y presupuesto de la Unidad Ejecutora del Programa de Recuperación de la Traza de la Ex AU3 a la Unidad Ejecutora para la Renovación Urbana de la Traza de la Ex AU3;
Que, al dictarse el Decreto N° 508/10, modificatorio de la estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo Urbano, aprobada por el Decreto N° 2.075/07, se omitió modificar la denominación de la Unidad Ejecutora de conformidad con la denominación establecida por la Ley N° 3396, así como adecuar los objetivos de la misma de conformidad con los términos de la citada Ley;
Que por otra parte y considerando las funciones a cargo de la Coordinación General de la Unidad Ejecutora, corresponde modificar el rango de la citada instancia al de Dirección General;
Que en virtud de lo expuesto corresponde modificar parcialmente los términos del Decreto N° 508/10.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° - Modifícase la denominación del Organismo Fuera de Nivel, Unidad Ejecutora Ex Autopista 3 - Ley 324, por la de Unidad Ejecutora para la Renovación Urbana de la Traza de la Ex-AU3 - Ley N° 3.396 y en consecuencia el Anexo 1/12 del Decreto N° 508/10.
Artículo 2°.- Modifícanse los objetivos de la Unidad Ejecutora para la Renovación Urbana de la Traza de la Ex -AU3- Ley N° 3.396, de conformidad con el Anexo I el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 3°.- Modifícase el rango del Organismo Fuera de Nivel, Unidad ejecutora para la Renovación Urbana de la Traza de la Ex AU3 de Coordinación General a Dirección General.
Artículo 4°.- Modifícanse parcialmente los términos del Decreto N° 508/10, de conformidad con lo establecido en el presente.
Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por el Señor Ministro de Desarrollo Urbano, el Señor Ministro de Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 6°.- Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Mínisterio de Desarrollo Urbano, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a las Direcciones Generales de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Organización y Estructura del Gobierno. Cumplido. archívese.