LEY 3644 2010

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO - CARGO IMPUESTO - SOCIEDAD HEBRAICA ARGENTINA - REALIZAR ESCUELA Y CENTRO CULTURAL SOCIAL Y DEPORTIVO - TERRENO UBICADO CALLE ECHEVERRÍA 1166 - DEROGA ARTÍCULOS - ORDENANZA 45525 - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - DISTRITO U23 - BARRIO NUEVO BELGRANO

Publicación:

27/01/2011

Sanción:

13/12/2010

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

11/01/2011


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Déjase sin efecto el cargo impuesto de realizar una Escuela y Centro Cultural, Social y Deportivo en el terreno ubicado en la calle Echeverría N° 1166, de esta Ciudad a la Sociedad Hebraica Argentina, conforme lo dispuesto en el artículo 2° de la Ordenanza N° 45.525.

Art. 2°.- Deróganse los artículos 4° y 5° de la Ordenanza N° 45.525.

Art. 3°.- Déjase establecido que el predio citado en el artículo 1° queda sujeto a las normas urbanísticas estipuladas en el Código de Planeamiento Urbano (Ley 449), parágrafo 5.4.6.24 “-Distrito U23 Barrio Nuevo Belgrano“, Zona 1 del Capítulo 5.4 “Normas Específicas para cada Distrito“.

Art. 4°.- Comuníquese, etc. Moscariello - Pérez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 2 de la Ley 3644, deroga los artículos 4 y 5 de la Ordenanza 45525.</p>
PROMULGADA POR