LEY 3649 2010

Síntesis:

 INSTITUYE EL MES DE AGOSTO COMO MES DE LA SOLIDARIDAD  - OBJETIVOS  - PROMOVER Y FORTALECER LOS IDEALES DE SOLIDARIDAD E IGUALDAD - VALORES FUNDAMENTALES Y NECESARIOS PARA GARANTIZAR LA PAZ MUNDIAL - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO)

Publicación:

03/02/2011

Sanción:

13/12/2010

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

12/01/2011


TEXTO ACTUALIZADO

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

Fecha de Actualización: 29 de febrero de 2024

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Institúyese, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el mes de Agosto como �Mes de la Solidaridad�, con el objeto de promover y fortalecer los ideales de solidaridad e igualdad, como valores fundamentales y necesarios para garantizar la paz mundial.

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Moscariello - Pérez.

Buenos Aires, 25 de enero de 2011

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 3649 (Expediente N° 1.596.136/10), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 13 de Diciembre de 2010 ha quedado automáticamente promulgada el día 12 de Enero de 2011.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a la Jefatura de Gabinete de Ministros y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría General. Cumplido, archívese. Clusellas