DECRETO 51 2011
Síntesis:
APRUEBAN LOS PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL E INTERNACIONAL PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO SOSTENIBLE DE LOS ESPACIOS VERDES - DELEGACIÓN DE FACULTADES - AUTORIZA AL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO A REALIZAR EL LLAMADO Y A DICTAR LAS NORMAS COMPLEMENTARIAS DE CONTRATACIÓN ADJUDICACIÓN Y ORDENES DE COMPRA - RESPONDER CONSULTAS SOBRE LA DOCUMENTACIÓN DE LA LICITACIÓN
Publicación:
04/02/2011
Sanción:
13/01/2011
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley de Compras de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 2095 y su Decreto Reglamentario N° 754/08 y sus modificatorias, el artículo 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Expediente N° 49.235/09, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente indicado en el Visto, se propicia el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional para la contratación del Servicio de Mantenimiento Sostenible de los Espacios Verdes;
Que para cumplir con esta finalidad la Dirección General Espacios Verdes, en su carácter de organismo técnico, en colaboración con la Dirección Operativa Compras y Contrataciones, confeccionó los pliegos Iicitatorios que se acompañan como Anexo al presente;
Que conforme surge de la Providencia N° 12494-DGTALMAEP-09, de fecha 14 de septiembre de 2009, se remitió a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el actuado a los fines de su intervención;
Que en ese sentido, dicho Órgano emitió el Dictamen PG N° 73883, del 25 de septiembre de 2009, el cual en el punto IV- 2) expresa: ... teniendo en cuenta la complejidad de la contratación que nos ocupa se considera pertinente la intervención de una Comisión de Estudios y Confección de Pliegos, de acuerdo con lo establecido por el art. 89 de la Ley N° 2095... ;
Que de conformidad con ello, la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda, emitió el Informe N° 3401-DGCyC-2009, de fecha 20 de noviembre de 2009, el cual expresa: ... luego de haberse procedido al examen de las cláusulas del Proyecto de Pliego acompañado en autos, esta instancia entiende que la contratación de marras no reviste la complejidad a la que hace referencia el art. 89 de la Ley 2095 y que por lo tanto no amerita la conformación de la Comisión de Estudios y Pliegos ...;
Que en ese sentido, afirma que las complejidades se centran mayormente en las cláusulas de especificaciones técnicas y no en lo que respecta al procedimiento de selección y ejecución contractual, por lo que no se ha considerado necesaria la intervención de la Comisión de Estudios y Confección de Pliegos;
Que en lo referente al régimen de multas contemplado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y según lo exigido por el artículo 126 del Decreto Reglamentario N° 754/08, el Órgano Rector expresó en dicho Informe, que no existían objeciones que formular al respecto;
Que, posteriormente la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, emitió su Dictamen N° 75215, de fecha 17 de diciembre de 2009, en el cual respecto a esta cuestión, en el punto III, expresa que: ... Más allá de que este organismo asesor ha tenido oportunidad de aconsejar como oportuno y conveniente la actuación de dicha Comisión, es mi parecer que la Administración Activa deberá, en los considerandos de la norma que apruebe los Pliegos de Condiciones Particulares y Anexos y de Especificaciones Técnicas, dejar asentada su posición en cuanto a no acudir a la Comisión prevista por el art. 89 de la ley 2095 ;
Que en ese sentido, esta Administración Activa por los fundamentos y razones expuestos en el Informe N° 3401-DGCYC-2009, considera que no resulta necesario acudir a la intervención de la Comisión de Estudios y Confección de Pliegos prevista en el artículo 89 de la Ley N° 2095;
Que por Disposición N° 171/DGCYC/08 fue aprobado el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;
Que según surge el artículo 10° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, los pliegos Iicitatorios serán cobrados por la Repartición Licitante, de acuerdo a las modalidades que oportunamente aquélla establezca en la convocatoria;
Que en ese sentido, y en atención a lo dispuesto en el articulo 3° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, corresponde justificar la viabilidad de esa medida, siendo que el monto para la adquisición de dichos pliegos no podrá superar el uno por ciento (1%) del presupuesto oficial;
Que por ello, el señor Director General de Espacios Verdes, indicó en la Carpeta N° 1.121.071/DGEV/2010, de fecha 24 de septiembre de 2010, que la necesidad de cobrar dichos pliegos, se sustenta en las características propias del servicio en cuestión, así como en la trascendencia e importancia que dicho servicio reviste para el interés público, fijando en Pesos noventa mil ($ 90.000) la suma a abonar para adquirir los pliegos de la presente licitación;
Que el presupuesto oficial se ha establecido en la suma total de Pesos trescientos seis millones ciento doce mil ciento veinticinco con veintiséis centavos (6.112.125,26);
Que la duración del contrato será de treinta y seis (36) meses consecutivos e ininterrumpidos, comenzando a contarse desde el día de iniciación de la prestación de los servicios, conforme lo establecido en el artículo 41 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares;
Que obra la correspondiente solicitud del gasto emitida a través del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (S.I.G.A.F.);
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado intervención que le compete de acuerdo a las facultades asignadas por la Ley N° 1.218.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias (artículo 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
Artículo 1°.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas para la Licitación Pública Nacional e Internacional para la contratación del Servicio de Mantenimiento Sostenible de los Espacios Verdes los que como Anexo I forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- Establécese que los Pliegos Licitatorios aprobados en el artículo precedente tendrán un valor de Pesos noventa mil (.000).
Artículo 3°.- Autorízase al señor Ministro de Ambiente y Espacio Público a realizar el pertinente llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional bajo el régimen de la Ley de Compras de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 2095, conforme a la documentación que se aprueba por el articulo 1°, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de Pesos trescientos seis millones ciento doce mil ciento veinticinco con veintiséis centavos (6.112.125,26).
Artículo 4°.- Delégase en el señor Ministro de Ambiente y Espacio Público la facultad de emitir aclaraciones y responder consultas sobre la documentación de la licitación aprobada por el articulo 1° del presente Decreto, designar la Comisión que estará encargada del Estudio y Análisis de las Ofertas y dictar todos los actos administrativos necesarios para materializar la contratación, adjudicar la misma y suscribir la Orden de Compra, dictar todos los actos que sean menester para la ejecución del contrato, incluyendo aquellos que sean necesarios para la redeterminación de precios.
Artículo 5°.- Las erogaciones a que dé lugar el servicio que se licita, serán imputadas a las respectivas partidas del presupuesto vigente para los ejercicios que correspondan.
Artículo 6°.- Publíquese el llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 2095 y su Decreto Reglamentario N° 754/08 y en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 7°.- Emítanse las respectivas invitaciones y comunicaciones previstas en el artículo 93 de la Ley N° 2095 y su Decreto Reglamentario N° 754/08.
Artículo 8°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Ambiente y Espacio Público y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 9°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de inte rnet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público, a la Dirección General Espacios Verdes ambos dependientes del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, a Ia Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda, notifíquese a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público para la prosecución del trámite.
ANEXOS
El anexo se puede consultar en la Separata http://boletinoficial.buenosaires.gov.ar/apps/BO/front/index.php#