DECRETO 63 2011
Síntesis:
CESE DEL SEÑOR NÉSTOR HORACIO LOMBARDI COMO INTEGRANTE DEL DIRECTORIO DE LA CORPORACIÓN MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES, EN REPRESENTACIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
04/02/2011
Sanción:
28/01/2011
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
la Ordenanza N° 22.817, el Convenio Administrativo Complementario de fecha 17 de enero de 2002 ratificado por Ley N° 794, el Decreto N° 882-GCABA/2009, el Expediente N° 1.582.485/2010. y
CONSIDERANDO:
Que por la Ordenanza N° 22.817, se aprobó el convenio celebrado entre la Nación, la Provincia de Buenos Aires y la ex-Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, creando la Corporación del Mercado Central de Buenos Aires, habiéndose ratificado asimismo su estatuto;
Que el articulo 2° de la citada normativa, modificada por el Convenio Complementario de fecha 17 de enero de 2002, ratificado por Ley N° 794/02, establece que el Directorio de la mencionada Corporación, estará integrado por un representante de cada una de las jurisdicciones suscriptoras del convenio;
Que por estos actuados tramita el cese, a partir del 7 de enero de 2011 del señor Néstor Horacio Lombardi, D.N.I. N° 17.188.812, C.U.I.T. N° 20-17188812-4, como integrante del Directorio de la Corporación Mercado Central de Buenos Aires, en representación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cargo en el que fuera designado mediante Decreto N° 882-GCABA/2009.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los Articulos 102 y 104, inciso 9), de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Cese, a partir del 7 de enero de 2011, el señor Néstor Horacio Lombardi, D.N.I. N° 17.188.812, C.U.I.T. N° 20-17188812-4, como integrante del Directorio de la Corporación Mercado Central de Buenos Aires, en representación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cargo en el que fuera designado mediante Decreto N° 882-GCABA/2009.
Articulo 2°.-El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Económico y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Articulo 3°.- Dése el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Económico y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. MACRI - Cabrera - Rodríguez Larreta