RESOLUCIÓN 27 2011 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Síntesis:
DA POR CUMPLIDA LA ACTIVIDAD DE PABLO GABRIEL DÍAZ DNI N° 16843536 AL CARGO DE DIRECTOR GENERAL DE ATENCIÓN INMEDIATA DE LA SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO FAMILIAR Y COMUNITARIO - FUNCIONARIOS
Publicación:
21/02/2011
Sanción:
19/01/2011
Organismo:
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
VISTO:
El Expediente N° 1.505.206/2010, mediante el cual se solicita se tenga por cumplido la presentación del Informe que luce agregado al mismo, en cumplimiento de lo dispuesto en la Disposición N° 23-GCABA-DGOGPP-2007, reglamentaria del Art. 25 de la Ley N° 70, y
CONSIDERANDO:
Que, el citado Art. 25 de la Ley N° 70, dispone que los responsables de programas, proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar un informe final sobre su gestión, correspondiendo además, prestar colaboración a quien legítimamente resulte sucesor en el cargo, resultando dicha tarea de carácter remunerada;
Que, por otra parte, el Art. 14 del Decreto N° 1000/99, establece que la Oficina de Gestión Publica y Presupuesto debe determinar las características y el alcance del citado informe final de gestión;
Que, por Decreto N° 8-GCBA-2011, se acepta a partir del 01 de octubre de 2010, la renuncia presentada por el Dr. Díaz, Pablo Gabriel, CUIL. N° 20-16843536-4, al cargo de Director General de la Dirección General de Atención Inmediata, de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario dependiente de este Ministerio de Desarrollo Social;
Que, por lo expuesto anteriormente, resulta procedente tener por cumplida la actividad desplegada por el funcionario dimitente en el marco del Art. 25 de la Ley N° 70.
Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1o- Dése por cumplido, en el marco del Art. 25 de la Ley N° 70, la actividad desarrollada por el Dr. Díaz, Pablo Gabriel CUIL N° 20-16843536-4, al cargo de Director General de la Dirección General de Atención Inmediata de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario dependiente de este Ministerio de Desarrollo Social, el cual fuera designado por Decreto N° 28-GCBA-2008, ratificado por Decreto N° 693-08, por lo que deberá percibir la retribución correspondiente al cargo que ocupaba.
Artículo 2o- Regístrese, protocolícese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Publica y Presupuesto, a la Secretaría de Recursos Humanos, a la Dirección General de Atención Inmediata y a la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario, notifíquese al interesado. Cumplido, archívese. Vidal