RESOLUCIÓN 105 2008 SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

Síntesis:

SELECCIÓN DE PROYECTOS PARA RECIBIR APORTE NO REEMBOLSABLE - SELECCIONA PROYECTOS - APORTE NO REEMBOLSABLE  - ANR - ENTIDADES PATROCINANTES - EMPRESAS BENEFICIARIAS - BENEFICIARIOS

Publicación:

18/02/2009

Sanción:

23/12/2008

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO


VISTO: EL DECRETO N° 923/GCBA/2005 (B.O.C.B.A. N° 2222), LA RESOLUCIÓN N° 44/SSDE/2008 (B.O.C.B.A. N° 2.999), LA RESOLUCIÓN N° 77/SSDE/2008 (B.O.C.B.A. N° 3.041), LA RESOLUCIÓN N° 79/SSDE/2008 (B.O.C.B.A. N° 3.044), LA RESOLUCIÓN N° 97/SSDE/2008 Y LOS EXPEDIENTES NROS. 68.349, 68.350, 68.352, 68.353, 68.354, 68.355, 68.356, 68.357, 68.358, 68.360, 68.361, 68.362, 68.363, 68.364, 68.369, 68.374, 68.375, 68.376, 68.377, 68.378, 68.379, 68.380, 68.381, 68.382, 68.383, 68.384, 68.385, 68.386, 68.387, 68.389, 68.390, 68.391, 68.392, 68.393, 68.394, 68.395, 68.396, 68.397, 68.398, 68.400, 68.405, 68.406, 68.407, 68.408, 68.409, 68.410, 68.437, 68.438, 68.439, 68.442, 68.444, 68.446, 68.447, 68.449, 68.457, 68.459, 68.460, 68.462, 68.463, 68.464, 68.471, 68.472, 68.473, 68.474, 68.475, 68.476, 68.477, 68.479, 68.480 Y 68.483, TODOS DEL AÑO 2.008;

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 923/GCBA/2005 (B.O.C.B.A. N° 2.222) creó el Programa Red Institucional de Apoyo a MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objetivo de desarrollar acciones que permitan mejorar las capacidades de la red de organizaciones sin fines de lucro que prestan apoyo a las empresas porteñas;

Que mediante la Resolución N° 44/SSDE/2008 (B.O.C.B.A. N° 2.999) se convocó, en el marco del decreto mencionado en el párrafo precedente, al concurso “Buenos Aires Emprende 2008”, destinado a apoyar entidades especializadas que participarán como patrocinantes de proyectos de negocios de emprendedores;

Que la Resolución N° 77/SSDE/2008 (B.O.C.B.A. N° 3.041) estableció las Bases y Condiciones para la presentación de los proyectos de emprendedores por parte de las Entidades Patrocinantes en el concurso “Buenos Aires Emprende 2008”

Que mediante la Resolución N° 79/SSDE/2008 (B.O.C.B.A. N° 3.044) se aprobaron las propuestas de selección y tutoría de proyectos de Emprendedores, en el marco del concurso “Buenos Aires Emprende 2008”, realizadas por Asociación Civil de Estudios Superiores -ACES-, Emprendedores Argentinos Asociación Civil, Fundación Endeavor Argentina, Fundación Iberoamericana de Estudios Superiores, Asociación Civil Universidad del Cema, Fundación General Pacheco, Fundes Argentina e Instituto de Emprendimientos Científicos y Tecnológicos Asociación Civil -IECyT-; Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2009 Año de los Derechos Políticos de la Mujer”

Que la Resolución N° 97/SSDE/2008 estableció el “Reglamento marco para el desarrollo del proceso de tutorías por parte de las Entidades Patrocinantes (EP) y Emprendedores (EE) participantes del Programa Buenos Aires Emprende 2008 (BAE 2008)”;

Que, por ello corresponde resolver cuáles de los proyectos de negocios presentados por los Emprendedores resultan seleccionados, tras la correspondiente evaluación técnico-, económico, financiera y de perfil emprendedor por parte de esta Subsecretaría, conforme la metodología prevista el punto VI del Anexo I a la Resolución N° 77/SSDE/2008 (B.O.C.B.A. N° 3.041), para recibir el Aporte No Reembolsable (ANR), de acuerdo a lo previsto en la Resolución N° 44/SSDE/2008 (B.O.C.B.A. N° 2.999) para este concurso.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO ECONOMICO

RESUELVE

Artículo 1°.- Selecciónase a los proyectos enunciados en el Anexo I, que se considera como parte integrante de la presente, para recibir el Aporte No Reembolsable (ANR) por intermedio de las Entidades Patrocinantes.

Artículo 2°.- Apruébanse los pagos a las Entidades Patrocinantes de los montos individualizados en el Anexo II, que se considera parte integrante de la presente, en concepto de Aportes No Reembolsables (ANR) en función del desarrollo de los proyectos de Emprendedores que resultaron seleccionados en el artículo precedente. Estos pagos se liquidarán conforme lo establecido en el parágrafo “Segundo Pago” del punto 3, apartado II de la Bases y Condiciones prevista en el Anexo I a la Resolución N° 44/SSDE/2008 (B.O.C.B.A. N° 2.999).

Artículo 3°.- Las Entidades Patrocinantes que resultaron seleccionadas y se encuentran individualizadas en el Anexo II a la presente resolución, deberán desarrollar las respectivas acciones de tutoría de los proyectos, de acuerdo a lo establecido en la Resolución N° 97/SSDE/2008. También deberán presentar ante esta Subsecretaría los informes periódicos de avance de los proyectos de negocio que cada una de ellas patrocina, conforme lo previsto en la Resolución N° 44/SSDE/2008 (B.O.C.B.A. N° 2.999).

Artículo 4°.- En caso que alguna de las Entidades Patrocinantes no cumpliera con alguna de las acciones o actividades previstas en el presente programa, esta Subsecretaría podrá exigir a la misma la devolución total o parcial del aporte efectuado, de acuerdo a las previsiones expuestas en la Resolución N° 44/SSDE/2008 (B.O.C.B.A. N° 2.999).

Artículo 5°.- En forma previa a la solicitud de los respectivos pagos a la Dirección General de Contaduría del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por parte de esta Subsecretaría, las Entidades Patrocinantes beneficiarias deberán constituir y presentar un seguro de caución a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un monto igual a la suma de los Aportes No Reembolsables (ANRs) que percibirán por los proyectos de negocios de emprendedores que han resultado seleccionados, más el monto correspondiente a las acciones de tutorías por el plazo correspondiente al desarrollo de cada proyecto. Dicho seguro funcionará como garantía del cumplimiento de la propuesta de tutoría realizada y de la administración de los fondos recibidos, conforme lo previsto en la Resolución N° 44/SSDE/2008 (B.O.C.B.A. N° 2.999).

Artículo 6°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y pase para su conocimiento y demás efectos al Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Industria, Servicios y Tecnología y a la Dirección General de Comercio Exterior. Asimismo, pase la Dirección General de Contaduría y Dirección General de Tesorería a fin que cumplimenten lo establecido en el artículo 3° de la presente, notifíquese a las entidades patrocinantes y los emprendedores que hayan resultado seleccionados en el presente concurso y publíquese en el sitio oficial de esta Subsecretaría (www.buenosaires.gob.ar/ssde). Cumplido, prosígase el trámite por esta Subsecretaría. Svarzman


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3120

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Art 1 de la Res 105-SSDE-08 Selecciona a los proyectos enunciados en el Anexo I, que se considera como parte integrante de la presente, para recibir el Aporte No Reembolsable -ANR- por intermedio de las Entidades Patrocinantes, convocatoria aprobada por Res 44-SSDE-08
INTEGRADA POR
reS 46-SSDE-10 declara cumplidos objetivos de proyectos de negocios emprendedores, aprobados por Res 105-SSDE-08
INTEGRADA POR
REs 98-SSDE-10 modifica el monto del Proyecto de Gabriela Claudia Espina, aprobado por Res 105-SSDE-08
INTEGRADA POR
Res. N° 34-SSDE-11 extiende el plazo de ejecución del proyecto: "Sumavisos.com", aprobado por la Res. N° 105-SSDE-08