DECRETO 114 2011

Síntesis:

RÉGIMEN DE RETIRO VOLUNTARIO - MODIFICA DECRETOS - LA SECRETARÍA DE RECURSOS HUMANOS ASUMIRÁ EL EJERCICIO DE LAS FACULTADES OPORTUNAMENTE DELEGADAS EN LA SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y EL LA UNIDAD DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

Publicación:

17/03/2011

Sanción:

04/03/2011

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


El artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los Decretos N° 465/04, N° 986/04, N° 583/05, N° 2.075/07, N° 494/09, N° 637/09, N° 116/09, N° 1.032/09, N° 285/10, N° 500/10, y el Expediente N° 1.444.032/10;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pone a cargo del señor Jefe de Gobierno la administración de la Ciudad, la planificación general de la gestión, la aplicación de las normas y la dirección de la Administración Pública procurando su mayor eficacia y los mejores resultados en la inversión de los recursos;

Que, a tales efectos, fueron dictados a través del tiempo distintos actos administrativos mediante los cuales se delegó el ejercicio de facultades a favor del órgano rector en materia de recursos humanos, en sus diferentes niveles orgánicos;

Que, por Decreto N° 465/04, modificado por el Decreto N° 285/10, se facultó a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos a realizar las impugnaciones que sean pertinentes ante casos de incumplimiento de las normas de la Ley N° 23.551 y, por su Decreto reglamentario, se delegó en dicho organismo la concesión de la licencia sin goce de haberes prevista en el artículo 29 de la Ley N° 471, en lo que respecta a los trabajadores que fueron elegidos para desempeñar cargos electivos o representativos en asociaciones sindicales con personería gremial o en organismos que requieran representación gremial;

Que, por el mismo acto, se modificó la reglamentación de los artículos 74 y 80 de la Ley N° 471 dispuesta en el Anexo I del Decreto N° 465/04, estableciéndose que, a los efectos de ejercer la representación de este Poder Ejecutivo como parte empleadora en la Comisión Negociadora, la Subsecretaria precedentemente citada integraba el Consejo Central para la Negociación Colectiva, delegándose por otra parte en dicha instancia orgánica la elaboración del proyecto de acto administrativo que instrumente los acuerdos arribados en dicha Comisión;

Que, asimismo, el citado Decreto delegó en la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos la facultad de dictar todas las normas reglamentarias, aclaratorias, interpretativas, complementarias y modificatorias que resultaran necesarias para su aplicación;

Que, por Decreto N° 986/04, se aprobó el escalafón general para el personal de planta permanente de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, por Decreto N° 583/05, modificatorio del Decreto N° 986/04 referido a la Carrera Administrativa, Pautas de Encasillamiento y Escalafón, se establecieron entre otras cuestiones pautas de encasillamiento del personal, designándose a la entonces Secretaria de Hacienda y Finanzas autoridad de aplicación del citado Decreto, otorgándole facultades para dictar las normas interpretativas y complementarias que fueran necesarias y asimismo delegar dichas funciones en la ex Dirección General de Recursos Humanos;

Que, por Decreto N° 494/09 se facultó a la entonces Unidad de Gestión de Recursos Humanos a resolver, mediante acto administrativo, las tramitaciones referidas a la situación de revista del personal comprendido en la Ley N° 471, como también en el régimen de Contratos por Tiempo Determinado en los casos que especifica su artículo 1 °;

Que, asimismo, se delegó en la mencionada Unidad de Gestión la resolución de los reclamos por calificación por accidente de trabajo de los infortunios denunciados por los trabajadores del Gobierno de la Ciudad;

Que, por Decreto N° 637/09 se modificó la denominación de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos por la de Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos, indicándose que el titular de la misma gozaría de todas las facultades y delegaciones establecidas a la ex Unidad de Gestión citada;

Que, por Decreto N° 116/09 se creó un régimen de retiro voluntario para el personal de planta permanente comprendido en la Ley N° 471, que a la fecha de inscripción estuviere en condiciones de obtener un beneficio jubilatorio dentro de los cinco (5) años siguientes contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de incorporación al sistema, estableciéndose que el Ministerio de Hacienda y la Jefatura de Gabinete de Ministros, en forma conjunta, serán la autoridad de aplicación de dicho régimen;

Que, el citado Decreto previó como fecha límite de adhesión al mentado régimen, el 30 de junio de 2009;

Que, por Decreto N° 1.032/09, modificado por el Decreto N° 215/10, se creó otro régimen de retiro voluntario para el referido personal, según lo establecido en su Anexo I, estableciéndose que podrían acogerse al mismo los agentes que presentaren su solicitud de adhesión antes del 31 de diciembre de 2010;

Que, por otra parte, mediante el Decreto N° 1.032/09 se estableció que el Ministerio de Hacienda, a través de la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos, será la autoridad de aplicación del mentado régimen quedando facultado para dictar las normas complementarias, aclaratorias, interpretativas y reglamentarias que faciliten su aplicación;

Que, por el Decreto N° 500/10 se modificó parcialmente la estructura organizativa del Ministerio de Hacienda que fuera aprobada por Decreto N° 2.075/07 y modificatorios, en lo referente a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, conforme lo detallado en sus Anexos I (Organigramas) y II (Responsabilidades Primarias y Acciones), los que a todos sus efectos forman parte integrante del mismo, creándose, a partir del 1° de junio de 2010 la Secretaria de Recursos Humanos, con dependencia del Ministerio de Hacienda con el objetivo, entre otros, de definir las políticas en materias de recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en tal sentido, en virtud del reordenamiento estructural producido razones de buen gobierno hacen necesario y conveniente modificar parcialmente las normas citadas, estableciéndose que la Secretaría de Recursos Humanos será la instancia orgánica que asumirá el ejercicio de las facultades oportunamente delegadas en la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y en la entonces Unidad de Gestión de Recursos Humanos;

Por ello, en virtud de facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Modifícanse los términos de los artículos 2°, 3°, 4° y 5° del Decreto N° 285/10, dejándose establecido que las facultades y funciones inherentes a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, serán ejercidas por la Secretaría de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda.

Artículo 2°.- Modifícanse los términos de los artículos 1° y 2° del Decreto N° 494/09, dejándose establecido que las facultades y funciones inherentes a laentonces Unidad de Gestión de Recursos Humanos, serán ejercidas por la Secretaría de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda.

Artículo 3°.- Modifícanse los términos del artículo 2° del Decreto N° 637/09, dejándose establecido que las facultades y funciones de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, serán ejercidas por la Secretaría de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda.

Artículo 4°.- Sustitúyese el artículo 8° del Decreto N° 116/09, el que quedará redactado de la siguiente manera: “La Secretaría de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda será la autoridad de aplicación del presente régimen y dictará las normas complementarias, aclaratorias, interpretativas y reglamentarias que faciliten su aplicación.“

Artículo 5°.- Modifícanse los términos de los artículos 9° y 13 y Anexo I del Decreto N° 1.032/09, y su modificatorio Decreto N° 215/10, dejándose establecido que las facultades y funciones inherentes a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, serán ejercidas por la Secretaría de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda.

Artículo 6°.- Modifícanse los términos de los artículos 9°, 11, 14 y 27 de lDecreto N° 583/05, dejándose establecido que las facultades y funciones inherentes a las entonces Secretaría de Hacienda y Finanzas y Dirección General de Recursos Humanos, serán ejercidas por la Secretaría de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda.

Artículo 7°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 8°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Organización y Estructura de Gobierno y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaria de Recursos Humanos. Cumplido archívese. MACRI - Grindetti - Rodríguez Larreta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 114-11 modifica Art. 4 del Decreto 285-10, modificatorio de los Arts. 74 y 80 de la reglamentación de los Arts. 74 y 80 de la Ley 471, dispuesta en el Anexo I del Decreto 465-10.</p>
MODIFICA
Decreto N°114-11 modifica los arts. 1 y 2 del Decreto N° 494-09, dejando establecido que las facultades y funciones inherentes a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, serán ejercidas por la Secretaría de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda.
MODIFICA
<p>Art. 4 del Decreto 114-11, sustituye el artículo 8 del Decreto 116-09.</p>
MODIFICA
Decreto N° 114-11 modifica el art. 2 del Decreto N° 637-10, dejando establecido establecido que las facultades y funciones de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, serán ejercidas por la Secretaría de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda.
MODIFICA
<p>Art. 5 del Decreto 114-11, modifica los términos de los artículos 9 y 13 y Anexo I del Decreto 1032-09, y su modificatorio Decreto 215-10, dejando establecido que las facultades y funciones inherentes a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, serán ejercidas por la Secretaría de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda.</p>
MODIFICA
<p>Art. 5 del Decreto 114-11, modifica los términos de los artículos 9 y 13 y Anexo I del Decreto 1032-09, y su modificatorio Decreto 215-10, dejando establecido que las facultades y funciones inherentes a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, serán ejercidas por la Secretaría de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 114-11, modifica los términos de los artículos 2, 3, 4 y 5 del Decreto 285-10, dejando establecido que las facultades y funciones inherentes a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, serán ejercidas por la Secretaría de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda.</p>
MODIFICA
Decreto N° 114-11 modifica los arts. 9, 11, 14 y 27 del Decreto N°583-05, dejando establecido que las facultades y funciones inherentes a las entonces Secretaría de Hacienda y Finanzas y Dirección General de Recursos Humanos, serán ejercidas por la Secretaría de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda.