RESOLUCIÓN 31 2011 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Síntesis:
AUTORIZA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL - MARÍA FLORENCIA SÁNCHEZ BORGOGNO
Publicación:
21/03/2011
Sanción:
18/01/2011
Organismo:
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
VISTO:
La Ley N° 2.624, el Decreto N° 915/09 y el Expediente N° 1429160/10, y
CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones mencionadas en el VISTO tramita la solicitud de renovación de contratación de las personas detalladas en el Anexo, para prestar servicios en la Dirección General de Control de Faltas Especiales, dependiente de esta Agencia Gubernamental de Control (AGC), por el período comprendido entre el 01/01/2011 y el 31/12/2011, atento que los contratos suscriptos anteriormente, vencieron en fecha 31/12/2010;
Que resulta conveniente dar curso a dicha solicitud, a fin de que las personas cuya contratación se propicia continúen prestando su colaboración en la Dirección General de Control de Faltas Especiales de esta AGC;
Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto N° 915/09, y sus modificatorios y reglamentarios, por el cual se establece el régimen para la contratación de personas bajo la figura de locación de servicios, dejándose constancia que todos los requisitos exigidos por la normativa vigente han sido cumplimentados y constan en los legajos personales de los locadores;
Que, asimismo, los artículos 7° inciso h) y 8° de la Ley de creación de esta Agencia Gubernamental de Control N° 2.624 facultan al Director Ejecutivo de la AGC a contratar personal para la realización de tareas por tiempo determinado;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 12 inciso e) de la Ley N° 2.624,
Artículo 1°.- Autorízase la contratación de las personas que se detallan en el Anexo, el cual forma parte integrante de la presente, bajo la modalidad de locación de servicios, para prestar servicios en la Dirección General de Control de Faltas Especiales de esta AGC.
Artículo 2°.- Facúltase al Director General de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC a suscribir los contratos correspondientes.
Artículo 3°.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría General del Ministerio de Hacienda a incluir los importes mensuales en una orden de pago.
Artículo 4°.- Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaria de Recursos Humanos perteneciente al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Control de Faltas Especiales y, para su conocimiento y demás efectos, remítanse a la Dirección Administrativa y Financiera y a la Dirección de Recursos Humanos, ambas pertenecientes a la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC. Cumplido, archívese. Ibáñez