DECRETO 149 2011
Síntesis:
MODIFICA EL ARTÍCULO 2° DEL DECRETO N° 646-09 - DESIGNA A RAÚL RICARDO ARRIBAS CON CARÁCTER AD-HONOREM EN EL CARGO DE DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN DE FORMACIÓN TÉCNICA SUPERIOR, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN ESTATAL - MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Publicación:
04/04/2011
Sanción:
29/03/2011
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
El Decreto N° 646/09, el Expediente N° 1442246/10, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 2° del Decreto N° 646/09 se designó a partir del 6 de julio de 2009 al señor Raúl Ricardo Arribas, D.N.I. 05.081.452, CUIL. 20-05081452-2, Ficha N° 358.728, como Director de la Dirección de Formación Técnica Superior, de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, del Ministerio de Educación, de acuerdo con lo establecido con el artículo 127, del Estatuto Docente Municipal aprobado por Ordenanza N° 40.593 y lo prescripto por los Decreto N° 1334/05 y 315/06;
Que según surge de los presentes actuados la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, dependiente del Ministerio de Educación, propicia modificar los términos de la designación precedentemente mencionada dejando establecido que a partir del 1° de noviembre de 2010, el nombrado se desempeña en el referido cargo con carácter Ad-Honorem;
Que de conformidad con lo expuesto corresponde modificar parcialmente los términos del artículo 2° del Decreto N° 646/09;
Que a efectos de proceder de conformidad, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido.
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modificase parcialmente los términos del artículo 2° del Decreto N° 646/09, dejándose establecido que a partir del 1 de noviembre de 2010, el señor Raúl Ricardo Arribas, D.N.I. 05.081.452, CUIL. 20-05081452-2, Ficha N° 358.728 se desempeña con carácter Ad-Honorem en el cargo de Director de la Dirección de Formación Técnica Superior, de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, del Ministerio de Educación.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Educación y de Hacienda y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.-Dése el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Educación, y a la Dirección General de Administración, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. MACRI - Bullrich - Rodríguez Larreta a/c