RESOLUCIÓN 51 2011 SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

Síntesis:

CONVOCA AL CONCURSO PYMES 2.0, EN EL MARCO DEL PROGRAMA FOMENTO AL DESARROLLO DE LAS PYMES PORTEÑAS - APRUEBA LAS BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO

Publicación:

06/04/2011

Sanción:

23/03/2011

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO


VISTO:

Los Decretos Nros 2075/GCABA/2007 y sus modificatorios, N° 587/GCABA/2009, N° 1063/GCABA/2009; el Expediente N° 187.816/2011; y

CONSIDERANDO:

Que por medio del Decreto N° 2.075/GCABA/2007 se estableció la estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a través del Decreto N° 1063/GCABA/2009, se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo Económico, determinando que la Subsecretaría de Desarrollo Económico, dependiente del citado Ministerio, tiene entre sus responsabilidades primarias diseñar los planes, programas y proyectos dirigidos a promover empresas y emprendedores, instrumentar y coordinar las actividades tendientes a la consolidación y desarrollo del sistema productivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 587/GCABA/2009, se creó el Programa “Fomento al Desarrollo de las Pymes Porteñas“, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Económico, con el objetivo de favorecer tanto el surgimiento y/o consolidación de emprendimientos productivos en los sectores industrial, comercial, y de servicios, como la implementación de mejoras pro competitivas; orientadas a desarrollar innovaciones a nivel de productos y/o procesos, que contribuyan a incrementar la capacidad competitiva de las pequeñas y medianas empresas; como así también, potenciar la incorporación de nuevos recursos tecnológicos y/o humanos;

Que, el citado Decreto estableció en su artículo 2° como Autoridad de Aplicación a la actual Subsecretaría de Desarrollo Económico, facultándola para realizar convocatorias periódicas a concursos por temas específicos, para la presentación de proyectos, conforme surge del Anexo II del citado Decreto inciso a) y b);

Que la presente iniciativa, tiene como objetivo contribuir a mejorar las capacidades y tecnologías de gestión digital de las PyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, potenciando la eficiencia y la escalabilidad de las mismas;

Que para el logro de dicho objetivo, esta convocatoria esta orientada a ampliar los conocimientos relativos a herramientas basadas en el uso de internet por parte de las empresas porteñas, con el fin de promocionar sus actividades y mejorar la comunicación interna y externa de las mismas;

Que el programa estará dirigido a PyMEs, que estén interesadas en acceder a servicios de capacitación y asistencia técnica destinados a generar y/o fortalecer su estrategia de promoción, marketing, comunicación y ventas a través de internet;

Que resulta deseable alentar los conceptos y herramientas básicas necesarias para diseñar o fortalecer una estrategia de promoción, marketing, comunicación y ventas en internet de las Pymes Porteñas;

Que atento lo dispuesto por el Decreto N° 587/GCABA/2009, en su Anexo II, la actual Subsecretaría de Desarrollo Económico, posee las facultades para establecer la mecánica operativa del programa;

Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la debida intervención dispuesta por la Ley 1218.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO

RESUELVE

Artículo 1°.- Convócase al Concurso “PYMES 2.0“, en el marco del Programa “Fomento al Desarrollo de las Pymes Porteñas“, creado por Decreto N° 587/GCABA/2009.

Artículo 2°- Apruébanse las bases y condiciones del presente Concurso; que como, Anexo I “Bases y Condiciones“ y Anexo II “Formulario de Inscripción“, forman parte de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Establécese que podrán participar de este Concurso, las personas físicas y jurídicas, cuya actividad se desarrolle en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, posean CUIT, se encuentren facturando y que además den cumplimiento a la totalidad de los requisitos establecidos en las Bases y Condiciones de la presente convocatoria.

Artículo 4°.- Determínese que para participar del concurso los interesados deberán inscribirse por Internet, completando el formulario disponible en http://www.buenosaires.gob.ar/pymes20, con los datos de la empresa, personales y profesionales que se soliciten, como así también:

Seleccionar la sede a través de la cual desea participar del programa, para lo cual se le desplegará un listado de los diferentes lugares con sus respectivos días y horarios.

Describir la actividad de la empresa y la posición de el/los interesado/s en participar dentro de ella;

Artículo 5°.- Establécese que la inscripción se abrirá, el quinto día hábil administrativo posterior a la publicación de éstas bases y condiciones, manteniéndose por treinta (30) días corridos; prorrogables, por razones fundadas a criterio de esta Autoridad de Aplicación. A los efectos del desarrollo del primer componente ­Anexo I, Punto 2.1-, los participantes que se inscriban serán agrupados en comisiones. Una comisión podrá ser puesta en marcha cuando exista un mínimo de veinte (20) inscriptos.

Artículo 6°.- Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese. Svarzman


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3638

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. 51-11 aprueba el Concurso Pymes 2.0, en el marco del Programa aprobado por Dto. 587-09