RESOLUCIÓN 96 2011 FISCALÍA GENERAL

Síntesis:

ESTABLECE LAS PAUTAS DEL SISTEMA DE REEMPLAZOS AUTOMÁTICOS ENTRE FISCALES DE PRIMERA INSTANCIA

Publicación:

07/04/2011

Sanción:

31/03/2011

Organismo:

FISCALÍA GENERAL


VISTO:

Los artículos 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; la ley 1903; las resoluciones FG N° 2/10, 13/11, 17/11 y 47/11; y la actuación interna N° 19979/11;

Y CONSIDERANDO:

I

Que el Dr. Norberto A. Brotto, titular del equipo “E” de la Unidad Fiscal Norte, ha solicitado licencia por enfermedad común a partir del día de la fecha y hasta el 15 de abril del año en curso, inclusive.

Que a través de la resolución FG N° 13/11 se estableció un mecanismo de reemplazos automáticos para casos de impedimento, licencias o vacancias de fiscales; disponiéndose que el titular de un equipo fiscal en las unidades estructuradas conforme al nuevo diseño organizacional sea reemplazado automáticamente por el titular del equipo inmediatamente siguiente según el orden alfabético dado a esos equipos, y correspondiendo que el reemplazo en el último de dicho orden sea realizado por el primero (conf. art. 4, ap. C - II de la res. FG N° 13/11).

Por otra parte, mediante dicha resolución se establecieron como deberes a cargo de los fiscales comunicar a la Fiscalía General quién realizaría el reemplazo, informar dicha circunstancia al magistrado que tenga que subrogarlo, y a la autoridad que deba analizar la concesión de la licencia a través del sistema informático OMBU al momento de solicitarla (arts. 5 y 6).

A su vez, mediante el art. 7 se dispuso que si en un caso en particular no se pudiera implementar el sistema automático de sustitución, debía consultarse con el Fiscal General la forma en que se llevará a cabo el reemplazo.

II

Conforme al sistema de reemplazos automáticos, el Dr. Brotto debería ser sustituido por quien cumpla funciones de fiscal en el equipo “F” de la Unidad Fiscal Norte, el cual fuera implementado por resolución FG N° 17/11 asignándose su subrogancia a la Dra. Sandra Verónica Guagnino hasta el 30 de abril del corriente año.

Ahora bien, teniendo en cuenta que la Dra. Guagnino se desempeña simultáneamente como fiscal ante la Cámara de Apelaciones, resulta conveniente evitar que asuma una nueva subrogancia con la consecuente asunción de múltiples funciones que puedan poner en crisis la normal prestación del servicio de justicia.

Dicha circunstancia, por otra parte, será considerada para todos los casos que se presenten en el contexto de reemplazos automáticos, de modo que éstos se realicen conforme a lo previsto en el art. 4 de la resolución FG N° 13/11 procurando que un fiscal no asuma dos o más subrogancias simultáneas -aparte de sus funciones en el cargo del que es titular-, cuando haya disponibilidad de otro magistrado dentro de la misma instancia.

Por otra parte, debe ponderarse que, en el caso de la Dra. Guagnino, existen razones funcionales que hacen inconveniente extender hacia otro equipo fiscal su desempeño en la primera instancia. En efecto, y a partir de los lineamientos establecidos en la resolución FG N° 17/11 al designársela como subrogante del equipo “F” en la Unidad Fiscal Norte, un incremento de su ámbito de actuación en la primera instancia implicaría que el Sr. Fiscal General Adjunto en lo Penal, Contravencional y de Faltas deba ampliar su órbita de intervención a las revisiones de los archivos y, en general, a toda gestión de segunda instancia que corresponda a aquellos casos que cuenten con la intervención de la Dra. Guagnino en la función de fiscal de primera instancia (art. 31 inc. 5 de la ley 1903 conf. texto art.13 de la ley 2386).

III

Ante las particulares circunstancias advertidas, no se ha de aplicar en el presente caso el sistema de reemplazos automáticos, sin dejar de señalar que el titular del equipo “E” no ha dado cumplimiento con los deberes establecidos en los arts. 5, 6 y 7 de la resolución FG N° 13/11.

De este modo, se dispondrá que el Dr. Brotto sea reemplazado por quien cumple funciones como fiscal en el equipo “A”, es decir, el inmediatamente siguiente al equipo “F”, según el sistema de correlatividad establecido en el art. 4 ap. C) - II de la mentada resolución.

Por tal motivo, a los fines de la sustitución que corresponde realizar en el equipo “E” de la Unidad Norte desde el 31 de marzo al 15 de abril del corriente, se designará al Dr. Eduardo Riggi, quien se encuentra cubriendo interinamente la función de fiscal en el equipo “A” (cfr. resolución FG N° 47/11).

A tenor de las razones expuestas, en función de la autonomía y autarquía que el art. 124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires le asigna al Ministerio Público Fiscal, y de acuerdo con las facultades que derivan en los artículos 1, 3, 5, 16, 18 inc. 2, 21 inc. 1, 29 inc. 4 y concordantes de la ley 1.903 con las modificaciones introducidas por la ley 3.318;

EL FISCAL GENERAL

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1: Disponer que el sistema de reemplazos automáticos entre fiscales de primera instancia establecido en el art. 4 de la resolución FG N° 13/11, no se aplicará cuando ello implique que un fiscal asuma dos o más subrogancias simultáneas -aparte de sus funciones en el cargo del que es titular- y se cuente con disponibilidad de otros magistrados de la misma instancia o funcionarios designados mediante el sistema de coberturas interinas ( art. 18 inc. 5 de la ley 1903) para proveer a esos reemplazos.

Artículo 2: Disponer que el reemplazo del Dr. Norberto Brotto en su cargo de fiscal del equipo “E” de la Unidad Fiscal Norte entre el 31 de marzo y el 15 de abril de 2011 inclusive, sea realizado por el Dr. Eduardo Riggi, sin perjuicio de su continuidad en la cobertura interina del cargo de fiscal en el equipo “A” de dicha Unidad Fiscal (cfr. resolución FG N° 47/11).

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial con carácter de urgente y en la página de internet del Ministerio Público Fiscal; notifíquese a los interesados, comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Departamento de Relaciones Laborales, a todos los Sres. Fiscales integrantes del Ministerio Público Fiscal, al Consejo de la Magistratura, las Cámaras de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas y Contencioso Administrativo y Tributario -y por su intermedio a los Sres. Jueces de Primera Instancia de ambos fueros- a la Defensoría General, a la Asesoría General Tutelar, a los Sres. Secretarios Generales, y oportunamente, archívese. Garavano

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Res. 96-11, Art. 2° referencia la Res. 47-11 respecto de Eduardo Riggi
REGLAMENTA
Res. 96-11, Art. 1° reglamenta el Art. 4° de la Res. 13-11 - Sistema de reemplazos de fiscales