RESOLUCIÓN 1561 2010 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

APRUEBA  EL ACTA ACUERDO SUSCRIPTA POR EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Y EL PROVEEDOR SERVICIOS INTEGRALES FOOD AND CATERING SRL - SERVICIO DE ELABORACIÓN DE COMIDAS Y DISTRIBUCIÓN EN MESA, DESTINADO A ALUMNOS BECADOS Y PERSONAL AUTORIZADO DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS - LICITACIÓN PÚBLICA N° 899-SIGAF-08

Publicación:

11/04/2011

Sanción:

27/07/2010

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


Buenos Aires, 27 de julio de 2010

VISTO:

El Decreto N° 1131-GCBA/08, la Resolución Conjunta N° 818-MEGC-MHGC/08 y el Expediente N° 1508802/2009, y;

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Conjunta N° 818-MEGC-MHGC/08, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Anexos elaborados por la Comisión de Estudios de Pliegos y Condiciones Especiales, dependiente del Ministerio de Hacienda, para la contratación de un servicio de elaboración de comidas y posterior distribución en mesa, destinado a alumnos becados y personal autorizado de los establecimientos educativos dependientes del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y autorizó a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectuar el pertinente llamado a Licitación Pública;

Que, mediante Decreto N° 1131-GCBA/08, se aprobó la Licitación Pública N° 899/SIGAF/2008, realizada al amparo de lo establecido en el artículo 31, concordante con el 1er parrafo del Art. 32 de la Ley N° 2095, adjudicándose la contratación en cuestión;

Que, el proveedor SERVICIOS INTEGRALES FOOD AND CATERING SRL., resultó adjudicatario de la provisión de los servicios antes señalados, emitiéndose a su favor las Ordenes de Compra y los actos administrativos respectivos, instrumentos a través de los cuales ha sido perfeccionado el pertinente contrato;

Que por estos actuados tramita el procedimiento de revisión de precios de los servicios del contrato solicitados por el proveedor mediante nota de fojas Registro incorporado N° 1498200/DGAR/2009;

Que atento lo estipulado en el artículo 95 del pliego de bases y condiciones -cláusulas particulares-, la empresa proveedora solicita la revisión de precios ante la existencia de distorsiones económicas operadas desde la consolidación del precio a la fecha del reclamo;

Que Mediante Resolucion N° 7236/MEGC/2009 se aprobo la solicitud de rederteminacion provisoria de precios a partir del 01/07/2009.

Que se conformó la Comisión de Estudio integrada por representantes del Ministerio de Educación y del Ministerio de Hacienda, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 95 citado precedentemente;

Que la Comisión de Estudio de las variaciones de precios emitió su informe con las respectivas conclusiones;

Que ha tomado la intervención pertinente el Sr. Director General de la Dirección General UPE de Redeterminación de Precios;

Que el Sr. Director General de la Dirección General de Servicios a las escuelas, aprobó el dictamen de la Comisión de Estudio, creada al efecto, del cual surge el incremento a aplicar en función de la variación de costos operada;

Que la Oficina de Gestión Sectorial de la Dirección General de Coordinación Administración de Recursos, ha tomado intervención procediendo a realizar la imputación presupuestaria objeto del gasto.

Que con fecha 21 de julio de 2010 la Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos del Ministerio de Educación y el proveedor procedieron a la suscripción de la respectiva Acta Acuerdo, ad referéndum del señor Ministro de Educación y del señor Ministro de Hacienda, en la que se fijan los porcentajes a aplicar a partir del 01 de Julio de 2009, siendo del 11,44 % para el Servicio de Comedor/Vianda, del 9,72 % para el Servicio de Desayuno/Merienda; y del 9,82% para el Servicio de Refrigerio;

Que los porcentajes de incremento detallados en el considerando precedente son aplicables sobre los precios unitarios de las raciones adjudicadas mediante las Órdenes de Compra y los actos administrativos respectivos;

Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley N° 1218 (BOCBA N° 1850);

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 95° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares correspondiente a la Licitacion Pública N° 899/SIGAF2008;

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVEN

Articulo 1°.-Apruébase en todos sus términos el Acta Acuerdo suscripta con fecha 21 de julio de 2010 por el señor Subsecretario de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos, en representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el proveedor SERVICIOS INTEGRALES FOOD AND CATERING SRL. la cual como Anexo se agrega a la presente y como tal forma parte integrante de la misma.

Articulo 2°.- El gasto que demande la presente, será imputado a la partida presupuestaria correspondiente.

Articulo 3°.- Autorízase a SERVICIOS INTEGRALES FOOD AND CATERING SRL., a presentar ante la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda, la facturación correspondiente al monto no percibido correspondiente a la redeterminación total conforme Acta Acuerdo aprobada por el artículo 1° de la presente.

Articulo 4°.- Regístrese, publíquese en la Página Web y en el Boletín Oficial de la Ciudad, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos; a las Direcciones Generales de Administración de Recursos, de Servicios a las Escuelas todas dependientes del Ministerio de Educación, notifíquese al proveedor peticionante, y remítase el expediente a la Dirección General de Contaduría. Bullrich - Grindetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3641

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. N° 1561-ME-MH-11, aprueba Acta Acuerdo en el marco de la Lic. Pública N° 899-SIGAF-08, cuyos pliegos fueron aprobados por la Res. N° 818-ME-MH-08
INTEGRA
Res. N° 1561-ME-MH-11, aprueba Acta Acuerdo en el marco de la Lic. Pública N° 899-SIGAF-08, aprobada por el Decreto N° 1131-08