RESOLUCIÓN 2573 2010 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

INCORPORA CONCEPTO A LA CLASIFICACIÓN DEL GASTO POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO  - RECURSOS AFECTADOS LEY N° 3528 - RECURSOS AFECTADOS ORIGINADOS EN LAS DEVOLUCIONES Y AFECTACIONES RESULTANTES DE LA APLICACIÓN DE LA LEY N° 3528 - CLASIFICACIONES PRESUPUESTARIAS DE RECURSOS Y GASTOS  - PRESUPUESTO

Publicación:

11/04/2011

Sanción:

24/09/2010

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


VISTO:

El Decreto N° 2128/94, el Decreto N° 469/GCBA/96, la Resolución N° 1280/MHGC/09 y modificatoria, el Expediente N° 1.064.392/2010, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante los decretos citados en el Visto se adoptaron las Clasificaciones Presupuestarias de Recursos y Gastos que rigen en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se faculto al Ministro de Hacienda a incorporar las modificaciones que fueren necesarias con el fin de mantener actualizados los distintos clasificadores;

Que la Resolución N° 1280/MHGC/09, modificada por la Resolución N° 1107/MHGC/10 aprobó los clasificadores de recursos y gastos vigentes;

Que, con arreglo a las citadas normas y en el marco de las disposiciones de la Ley N° 3528, se estima conveniente adecuar la Clasificación del Gasto por Fuente de Financiamiento vigente con el propósito de asegurar que las devoluciones y afectaciones procedentes de la aplicación de dicha norma sean efectivamente destinados a la ejecución de las obras previstas en la misma;

Por ello, en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto N° 2.184-GCBA-1994 y por el Decreto N° 469-GCBA-1996;

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

Articulo 1°.- Incorpórase a la Clasificación del Gasto por Fuente de Financiamiento aprobada por la Resolución N° 1280/MHGC/09, modificada por la Resolución N° 1107/MHGC/10, el siguiente concepto:

“16-Recursos Afectados Ley N° 3528. Recursos afectados originados en las devoluciones y afectaciones resultantes de la aplicación de la Ley N° 3528.”

Articulo 2°.- La Dirección general de la Oficina de Gestión Publica y Presupuesto efectuara las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias para la puesta en vigor de la presente norma.

Articulo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a los distintos Ministerios y secretarias del Poder Ejecutivo, a la Dirección General de la Oficina de Gestión Publica y Presupuesto y a la Dirección General de Contaduría General. Cumplido, Archívese. Grindetti

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. N° 2573-MH-09 incorpora concepto a la Clasificación del gasto por fuente de financiamiento aprobado por Res. N° 1280-MH-09
DEROGADA POR
Art 3 de la Res 386-MH-12 Deroga la Res 2573-MH-10