DECRETO 2057 2001

Síntesis:

APRUEBA COMPENSACIÓN DE CREDITOS

Publicación:

20/12/2001

Sanción:

13/12/2001

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 80.664/2001, por el cual se plantea la necesidad de modificar los créditos de las partidas cuyo detalle obra en fojas anexas, y

CONSIDERANDO:

Que, la Dirección General de Estadística y Censos plantea la necesidad de reflejar presupuestariamente los fondos no reintegrables provenientes del I.N.D.E.C., adecuándose correlativamente el Cálculo de Recursos en la parte correspondiente;

Que, en consecuencia procede arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades establecidas en el Capítulo I, de las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2001 aprobadas por Decreto N° 41/GCBA/2001 y lo dispuesto en el Artículo 13 de la Ley N° 539;

Por ello,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Apruébase la compensación de créditos obrante en el Anexo I, que forma parte integrante del presente.

Artículo 2° - El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas y el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires según lo dispuesto en el Art. 13 de la Ley N° 539 y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese.

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