DECRETO 200 2011
Síntesis:
AMPLIACIÓN DE ORDENES DE COMPRA - 23.784-10 - 23.785-10 - CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE EXTRACCIÓN, TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE LÍQUIDOS CLOACALES Y-O PLUVIALES MEDIANTE LA UTILIZACIÓN DE CAMIONES ATMOSFÉRICOS DESDE VILLAS, BARRIOS CARENCIADOS, ASENTAMIENTOS Y NÚCLEOS HABITACIONALES TRANSITORIOS HASTA LA PLANTA DEPURADORA DE LÍQUIDOS CLOACALES SUDOESTE DE AYSA - UNIDAD DE GESTIÓN DE INTERVENCIÓN SOCIAL - ASHIRA SA - RECONSTRUCCIÓN CAÑOS SA
Publicación:
28/04/2011
Sanción:
20/04/2011
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 2095, los Decretos Nros. 754/08 y 232/10, el Expediente N° 46.411/09, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto tramitó la contratación de un servicio de extracción, transporte y disposición final de líquidos cloacales y/o pluviales mediante la utilización de camiones atmosféricos desde villas, barrios carenciados, asentamientos y núcleos habitacionales transitorios hasta la planta depuradora de líquidos cloacales sudoeste de AYSA, o aquel lugar donde la Unidad de Gestión de Intervención Social, en caso de emergencia, lo requiera dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante Decreto N° 488/10 se aprobó la licitación Pública referida adjudicándose a las firmas ASHIRA S.A. (Renglones N° 1 y 3) por la suma de pesos cuarenta y dos millones cuatrocientos treinta y dos mil ($ 42.432.000,00), y RECONSTRUCCION CAÑOS SA (Renglón N° 2) por la suma de pesos trece millones ciento treinta y dos mil ochocientos (.132.800,00);
Que se emitieron las órdenes de compra Nros. 23.784/10 y 23.785/10 a favor de las firmas mencionadas;
Que la Unidad de Gestión de Intervención Social, dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico solicitó ampliar la cantidad de horas prestadas para aumentar el área de cobertura del servicio;
Que de conformidad con los términos del apartado I del artículo N° 117 de la Ley N° 2.095 se requiere la ampliación de las órdenes de compras por nueve mil cuatrocientas sesenta (9.460) horas y cuatro mil setecientas treinta (4.730) horas respectivamente, en las mismas condiciones y precios establecidos;
Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete de conformidad a lo establecido por la Ley N° 1218.
Por ello, y en uso de las facultades legales conferidas en los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1.- Amplíase la Orden de Compra N° 23.784/10 a favor de la firma ASHIRA S.A. por la suma de pesos tres millones doscientos dieciseis mil cuatrocientos ($ 3.216.400) y la Orden de Compra N° 23.785/10 a favor de la firma RECONSTRUCCIÓN CAÑOS S.A. por la suma de pesos un millón seiscientos diecisiete mil seiscientos sesenta ($ 1.617.660), ascendiendo el monto total a la suma de pesos cuatro millones ochocientos treinta y cuatro mil sesenta ($ 4.834.060), para el servicio de extracción, transporte y disposición final de líquidos cloacales y/o pluviales mediante la utilización de camiones atmosféricos desde villas, barrios carenciados, asentamientos y núcleos habitacionales transitorios hasta la planta depuradora de líquidos cloacales sudoeste de AYSA, o aquel lugar donde la Unidad de Gestión de Intervención Social, en caso de emergencia, lo requiera dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el apartado I del artículo N° 117 de la Ley N° 2.095 y su reglamentación.
Artículo 2.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria correspondiente al ejercicio del presente ejercicio, y de los años 2012, 2013 y 2014.
Artículo 3.- Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial de la Dirección General de Compras y Contrataciones por el término de un (1) día.
Artículo 4.- Autorízase al Director General de Compras y Contrataciones o a la Coordinadora General Administrativa de la Dirección General de Compras y Contrataciones, ambos del Ministerio de Hacienda, en forma indistinta, a suscribir las respectivas Ordenes de Compra.
Artículo 5.- El presente Decreto es refrendado por el Señor Ministro de Desarrollo Económico y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 6.- Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda en prosecución de su trámite. MACRI - Cabrera - Rodríguez Larreta