RESOLUCIÓN 41 2011 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

MODIFICA LAS PLANIFICACIONES ANUALES PARA EL AÑO 2011 DE LAS UNIDADES DE AUDITORÍA INTERNA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD, DE LA SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA, DEL ENTE DE MANTENIMIENTO URBANO INTEGRAL, DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, DEL ENTE DE HIGIENE URBANA, DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO, DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL Y DEL INSTITUTO DE LA VIVIENDA

Publicación:

28/04/2011

Sanción:

14/04/2011

Organismo:

F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 70 de Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad (BOCBA N° 539), la Resolución N° 17-SGCBA/10 (BOCBA N° 3.378), la Resolución N° 16-SGCBA/11 (BOCBA N° 3.628), Resoluc ión N° 24-SGCBA/11 (BOCBA N° 3.628), Resolución N° 25-SCGBA/11 (BOCBA N° 3.628), Resolución N° 26-SGCBA/11 (BOCBA N° 3.628), Resolución N° 27-SCGB A/11 (BOCBA N° 3.628), Resolución N° 28-SCGBA/11 (BOCBA N° 3.628), Resoluc ión N° 29-SCGBA/11 (BOCBA N° 3.628), Resolución N° 31-SGCBA/11 (BOCBA N° 3.628), Expediente: 438608/2011 SGCBA, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 133 de la Constitución y el artículo 121 de la Ley N° 70 establecen que la Sindicatura General de la Ciudad es el órgano normativo del sistema de control interno;

Que asimismo, la calidad del órgano rector del sistema de control interno que el mencionado artículo 133 de la Constitución de la Ciudad ha otorgado a esta Sindicatura General, comporta la facultad de dictar las normas que permiten la estructuración y mantenimiento de un eficiente y eficaz sistema de control interno;

Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 123 inciso 12) de la Ley N° 70, es atribución de esta Sindicatura General aprobar los planes anuales de trabajo de las Unidades de Auditoría Interna, orientar y supervisar su ejecución y resultados;

Que por un error material e involuntario se omitió acompañar los anexos correspondientes a la aprobación del Plan Anual de Trabajo de las Unidades de Auditoría Interna del Ministerio de Justicia y Seguridad, de la Secretaría Legal y Técnica, del Ente de Mantenimiento Urbano Integral, del Ministerio de Desarrollo Social, del Ente de Higiene Urbana, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, de la Agencia de Protección Ambiental y del Instituto de la Vivienda;

Que la Gerencia de Diagnósticos Especiales y Normativa, ha tomado la intervención correspondiente de acuerdo a sus misiones y funciones enmarcadas en la Resolución N° 17-SGCBA/10;

Que la Subgerencia Legal dependiente de la Gerencia Técnica, Administrativa y Legal ha tomado la intervención que le compete, mediante la emisión del Dictamen Jurídico Interno N° 41 -SL/11.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 130, inciso 7) de la Ley N° 70,

EL SÍNDICO GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Déjese sin efecto el anexo I de las Resoluciones N° 16-SCGBA/11, N° 24-SGCBA/11, N° 25 SGCBA/11, N° 26-SCGBA/11, N° 27- SGCBA/11, N° 28-SGCBA/11, N° 29-SGCBA/11 y N° 31-SGCBA/11.

Artículo 2°.- Apruébese los Anexos de las Planifica ciones Anuales de las Unidades de Auditoría Interna del Ministerio de Justicia y Seguridad (Anexo I), de la Secretaría Legal y Técnica (Anexo II), del Ente de Mantenimiento Urbano Integral (Anexo III), del Ministerio de Desarrollo Social (Anexo IV), del Ente de Higiene Urbana (Anexo V), del Ministerio de Ambiente y Espacio Público (Anexo VI), de la Agencia de Protección Ambiental (Anexo VII) y del Instituto de la Vivienda (Anexo VIII); para el año 2011, que como anexo I -VIII forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a las Unidades de Auditoría Interna del Ministerio de Justicia y Seguridad, de la Secretaría Legal y Técnica, del Ente de Mantenimiento Urbano Integral, del Ministerio de Desarrollo Social, del Ente de Higiene Urbana, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, de la Agencia de Protección Ambiental y del Instituto de la Vivienda; y para su conocimiento y demás efectos pase a la Gerencia Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Rial


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3652

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res.41-11, Art. 1° deja sin efecto el Anexo I de la Res. 16-11
MODIFICA
Res.41-11, Art. 1° deja sin efecto el Anexo I de la Res. 24-11
MODIFICA
Res.41-11, Art. 1° deja sin efecto el Anexo I de la Res. 25-11
MODIFICA
Res.41-11, Art. 1° deja sin efecto el Anexo I de la Res. 26-11
MODIFICA
Res.41-11, Art. 1° deja sin efecto el Anexo I de la Res. 27-11
MODIFICA
Res.41-11, Art. 1° deja sin efecto el Anexo I de la Res. 28-11
MODIFICA
Res.41-11, Art. 1° deja sin efecto el Anexo I de la Res. 31-11
MODIFICA
Res.41-11, Art. 1° deja sin efecto el Anexo I de la Res. 29-11