RESOLUCIÓN 1055 2001 SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Síntesis:

MODIFICA  SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN A UN TRAMO DE LA AV. DON PEDRO DE MENDOZA  -  RED DE TRÁNSITO PESADO CON RESTRICCIÓN DE DIAS - CALLES - AVENIDAS - ARTERIAS - MANO ÚNICA 

Publicación:

28/12/2001

Sanción:

14/12/2001

Organismo:

SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS


Visto los inconvenientes que se han observado en el funcionamiento de la Red de Tránsito Pesado en el barrio de La Boca, y

CONSIDERANDO:

Que en reunión mantenida con fecha 30/10/2001, la Comisión de Tránsito y Transporte de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitó que se efectuaran modificaciones a la red de Tránsito Pesado, aplicando los mecanismos de la Ley N° 217;

Que en tal sentido, entre otras medidas analizadas en el corto plazo se consideró la incorporación de un tramo de la Avenida Don Pedro de Mendoza, entre Aristóbulo del Valle y California, a la Red de Tránsito Pesado para aliviar el tránsito de las calles Brandsen y Av. Regimiento de Patricios;

Que este tránsito se realizará únicamente los días hábiles, no permitiéndose los sábados, domingos y feriados;

Que asimismo se ha visto la conveniencia de asignar sentido único de circulación a la Av. Don Pedro de Mendoza, en el tramo Martín Rodríguez - California, de Este a Oeste, debido a la estrechez de su calzada;

Que esta medida tendrá carácter experimental por el término de treinta (30) días a partir de su implementación, lapso en que se efectuará el monitoreo permanente del comportamiento funcional y la afectación de la infraestructura existente;

Por ello, conforme las atribuciones otorgadas por la Ley N° 217 (B.O.C.B.A. N° 760) y la delegación aprobada por Decreto N° 515/GCBA/00 (B.O.C.B.A. N° 926),

EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° Modifícase con carácter experimental y por el término de treinta (30) días corridos a partir de su implementación, el Decreto Ordenanza N° 10.407 (B.M. N° 8176), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, asignándole sentido único al siguiente tramo de arteria en la forma que se indica:

Av. Don Pedro de Mendoza, desde Martín Rodríguez, hasta California, de E a O.

Artículo 2° Incorporase al Anexo I de la Ley N° 216, con carácter experimental y por el término de treinta (30) días corridos a partir de su implementación, el siguiente texto:

Arterias integrantes de la Red de Tránsito Pesado con Restricción en Días:

Av. Don Pedro de Mendoza, entre Aristóbulo del Valle y California, habilitada como Red únicamente los días hábiles, manteniéndose la prohibición de hacerlo los días sábados, domingos y feriados

Artículo 3° La presente medida entrará en vigencia una vez instalado el señalamiento vertical ilustrativo, y será monitoreada permanentemente para evaluar su funcionamiento y la incidencia que ejerza el tránsito pesado sobre la estructura de la calzada, e infraestructura existente en la misma.

Artículo 4° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los términos de la Ley N° 217, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales, comuníquese a la Policía Federal Argentina, a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, al Centro de Gestión y Participación N° 3, al Ente de Mantenimiento Urbano Integral, a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Tránsito y Transporte. Cumplido, archívese. Fatala

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. 1055-SOYSP-01 asigna sentido único de circulación tramo Av. Pedro de mendoza, modifica Dec. Ord. 10407-47