ACORDADA ELECTORAL 4 2011 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Síntesis:

ORDENA CONSTITUIR  MESAS MIXTAS DE VOTACIÓN DE ELECTORAS Y ELECTORES NACIONALES PARA LOS COMICIOS CUYA ORGANIZACIÓN CORRESPONDA AL TRIBUNAL.

Publicación:

Sanción:

14/03/2011

Organismo:

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA


En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 14 días del mes de marzo de dos mil once, se reúnen en el señor Presidente del Tribunal Superior de Justicia, Luis Francisco Lozano y los señores Jueces Alicia E. C. Ruiz, José O. Casás y Ana María Conde. Informados por presidencia de la cuestión que motiva el Acuerdo, consideran:

1. A partir del dictado de la Acordada Electoral n° 6/2005, en las elecciones locales las mesas de votación de electores extranjeros son mixtas, es decir, constituidas por electoras y electores, criterio que ha sido receptado para las mesas de votación nacionales a partir de la reforma

instituida por la ley n° 26.571, conforme se advier te de la lectura del art. 41 del Código Electoral vigente para las elecciones de esa jurisdicción.

Sentado lo anterior, y por similares razones a las expuestas en la Acordada Electoral de mención, corresponde establecer que en las elecciones locales cuya organización corresponda al Tribunal se constituirán mesas mixtas de votación de electoras y electores nacionales.

2. En oportunidad de la elección del 3 de junio de 2007, el Tribunal decidió (resolución de presidencia de fecha 2/3/2007) que las mesas de votación estarían conformadas por cuatrocientos cincuenta electores.

Para ello tuvo en cuenta, entre otras razones, que la aludida disposición, en forma meramente indicativa, establece que las mesas se constituirán con hasta trescientos electores Con dicho número las mesas de votación funcionaron adecuadamente, a lo que se suma que, esa conformación, implicará una considerable reducción de alrededor de 2.800 mesas, con la consecuente disminución del material electoral necesario, de la cantidad de autoridades de mesa a designar, del personal de custodia y de correos a

convocar, etc. Asimismo, simplifica la labor fiscalizadora de los partidos políticos.

Por ello,

 

el Tribunal Superior de Justicia

acuerda:

1°. Constituir mesas mixtas de votación de electoras y electores nacionales para los comicios cuya organización corresponda al Tribunal.

2° Constituir las mesas de votación para la elección del día 5 de junio de 2011, con hasta cuatrocientos cincuenta (450) electoras y electores inscriptos.

3°. Mandar que se registre, se publique por un día en el Boletín Oficial, y se haga saber a la Dirección General Electoral y al Juzgado Federal Electoral, a sus efectos.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

RATIFICADA POR
AE 5-TSJ-11 Mantener lo decidido en la Acordada electoral n° 4/2011 y, en consecuencia, constituir mesas mixtas de votación para la elección del día 10 de julio de 2011 y eventual segunda vuelta del 31-7-11