RESOLUCIÓN 76 2011 SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

Síntesis:

APRUEBA SOLICITUDES DE PRÓRROGA DE LOS PROYECTOS DE NEGOCIOS DE BASE TECNOLÓGICA (PNBT),  EN EL MARCO DEL CONCURSO BAITEC 2011 -  APRUEBA EL ORDEN DE MÉRITO DE LOS PROYECTOS DE NEGOCIOS DE BASE TECNOLÓGICA (PNBT) PRESENTADOS POR LAS ENTIDADES PATROCINADORAS - APRUEBA LOS MONTOS A SER TRANSFERIDOS EN CONCEPTO DE APORTES NO REEMBOLSABLES - ANRS - ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LAS VACANTES QUE SE PRODUZCAN EN EL BAITEC 2011 POR LOS PROYECTOS QUE NO SE INSTALEN EN LA MISMA - DISPONE PAUTAS PARA LA PERCEPCIÓN DE APORTES NO REEMBOLSABLES POR PARTE DE LAS ENTIDADES PATROCINANTES DE PROYECTOS DE NEGOCIOS

Publicación:

09/05/2011

Sanción:

28/04/2011

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO


VISTO:

Decretos Nros 2075/GCABA/2007 y sus modificatorios, el Decreto N° 587/GCABA/09, Resoluciones Nros. 70/SSDE/2009, 89/SSDE/2009, 67/SSDE/2010, 6/SSDE/2011, 47/SSDE/2011, 48/SSDE/2011, y 57/SSDE/2011 y los Expedientes Nros. 52294/2011, 1372786/2009, 1372835/2009, 1372800/2009, 1378417/2009, 1372906/2009, 395547/2011, 395577/2011, 395372/2011, 395361/2011, 395437/2011, 395530/2011, 395484/2011, 395639/2011, 395596/2011, 395667/2011, 395426/2011, 395623/2011, 395502/2011, 395462/2011, 395657/2011, 395406/2011; y

CONSIDERANDO:

Que por medio del Decreto N° 2.075/GCABA/2007 se estableció la estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a través del Decreto N° 1063/GCBA/09, se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Desarrol o Económico, determinando que la Subsecretaría de Desarrol o Económico, dependiente del citado Ministerio, tiene entre sus responsabilidades primarias diseñar los planes, programas y proyectos dirigidos a promover empresas y emprendedores, instrumentar y coordinar las actividades tendientes a la consolidación y desarrol o del sistema productivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 587/GCABA/2009 se creó el Programa “Fomento al Desarrol o de las Pymes Porteñas“ en el ámbito del Ministerio de Desarrol o Económico, con el objetivo de favorecer tanto el surgimiento y/o consolidación de nuevos emprendimientos productivos en los sectores industrial, comercial, y de servicios, como la implementación de mejoras pro competitivas; orientadas a desarrol ar innovaciones a nivel de productos y/o procesos, que contribuyan a incrementar la capacidad competitiva de las pequeñas y medianas empresas; y potenciar la incorporación de nuevos recursos tecnológicos y/o humanos;

Que el citado Decreto estableció en su artículo 2° como Autoridad de Aplicación a la actual Subsecretaría de Desarrol o Económico, dependiente del Ministerio de Desarrol o Económico; encontrándose por el o facultada para realizar convocatorias periódicas a concursos por temas específicos, para la presentación de proyectos, conforme surge del Anexo II del citado Decreto;

Que, en virtud de el o, mediante la Resolución N° 6/SSDE/2011 ­Bases y Condiciones del Concurso-, se convocó al concurso “BAITEC 2011“, en el marco del Programa “Fomento al Desarrol o de las Pymes Porteñas“, creado por Decreto N° 587/GCABA/2009;

Que, en las citadas Bases y Condiciones, se estableció como requisito de admisibilidad, para actuar como entidades patrocinadoras de Proyectos de Negocios de Base Tecnológica (en adelante PNBT), haber sido seleccionada como Entidad Patrocinadora según Resoluciones Nros. 89/SSDE/2009, y/o 70/SSDE/2009, y/o 67/SSDE/2010, en el marco de los Concursos Operatoria “Baitec 2009“ y Concurso “Buenos Aires 2009“ y “Buenos Aires Emprende 2010“, respectivamente;

Que, mediante la Resolución N° 57/SSDE/2011, se establecieron las herramientas de evaluación con el objeto de garantizar la uniformidad de criterios y la transparencia en los procesos de evaluación y selección de los Proyectos de Negocios de Base Tecnológica (PNBT) nuevos o con solicitud de prórroga, respectivamente, de conformidad con la metodología prevista en las Bases y Condiciones, Resolución N° 6/SSDE/11; dotando de instrumentos a los recursos humanos avocados a las tarea;

Que la Resolución N° 48/SSDE/2011 aprobó las propuestas de selección y tutoría de las Entidades Patrocinantes para proyectos de negocios de base tecnológica (PNBT) que participaron en el marco de la operatoria “BAITEC 2009“, y el cconcurso “Buenos Aires Emprende 2009“ y “Buenos Aires Emprende 2010“; quedando determinadas como entidades participantes INSTITUTO DE EMPRENDIMIENTOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS (IECYT) Expte. N° 309939/11; EMPRENDEDORES ARGENTINOS ASOCIACION CIVIL (EMPREAR) N° 282073/11; UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL (UTN) FACULTAD REGIONAL BUENOS AIRES 310139/11; FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS -UBA- Expte. N° 31876/11; ASOCIACIÓN CIVIL DE ESTUDIOS SUPERIORES -ACES- ESCUELA DE ECONOMÍA Y NEGOCIOS-IAE-Expte. N° 310113/11; FUNDACIÓN PRO INSTITUTO UNIVERSITARIO ESCUELA ARGENTINA DE NEGOCIOS UEAN Expte. N° 264858/11;

Que, la Resolución N° 6/SSDE/2011 previó, en el punto III, del Anexo I, la posibilidad que las entidades patrocinadoras seleccionadas por Resolución N° 89/SSDE/09, mediante la cual ser aprobaron las propuestas de selección y tutorías de proyectos presentados por EMPRENDEDORES ARGENTINOS ASOCIACIÓN CIVIL (EMPREAR), INSTITUTO DE EMPRENDIMIENTOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS (IECyT), UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL (UTN) ­ FACULTAD REGIONAL BUENOS AIRES; soliciten una prórroga en la incubación de los proyectos aprobados por Resolución N° 147/SSDE/2009, en el marco de la operatoria “BAITEC 2009“;

Que, por el o, se estableció que aquel as entidades interesadas en que los proyectos bajo su esfera de patrocinio fueran prorrogados, debían presentar a esos efectos toda la documentación y formularios solicitados, y cumplir con las condiciones de elegibilidad para participar en el Concurso;

Que, como resultado del trabajo de dichas entidades, se presentaron dentro del término establecido, un total de veintiún (21) proyectos de negocios de base tecnológica (PNBT) para evaluación de la Subsecretaría Desarrol o Económico; entre los cuales, cinco (5) fueron presentados con solicitud de prórroga por el INSTITUTO DE EMPRENDIMIENTOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS (IECYT) Expte. N° 309939/11, y EMPRENDEDORES ARGENTINOS ASOCIACION CIVIL (EMPREAR) N° 282073/11;

Que habiéndose evaluados los proyectos de negocios de base tecnológica (PNBT) presentados, a la luz de las herramientas establecidas por Resolución N° 57/SSDE/2011, corresponde, en un todo de acuerdo con lo estipulado por las normas citadas, dar por cumplidas las etapas previstas, y expedirse sobre las solicitudes de prórroga de los proyectos de negocios de base tecnológica (PNBT); y asimismo, aprobar el orden de mérito de los nuevos proyectos de negocios de base tecnológica (PNBT), desestimando los proyectos no admisibles por incumplimiento de lo establecido en las Bases y Condiciones que rigen el presente concurso;

Por el o, y en uso de las facultades que le son propias;

EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébense las cinco (5) solicitudes de prórroga de los Proyectos de Negocios de Base Tecnológica (PNBT) presentadas por las entidades patrocinadoras seleccionadas por Resolución N° 89/SSDE/2009, en el marco de los Concursos Operatoria “Baitec 2009“, conforme las condiciones establecidas en la Resolución N° 6/SSDE/11, para el concurso “BAITEC 2011, que se consigna en el Anexo I, el cual, forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Apruébase el orden de mérito de los Proyectos de Negocios de Base Tecnológica (PNBT) presentados entidades patrocinadoras seleccionadas por la Resolución N° 48/SSDE/2011, para el concurso “BAITEC 2011, de acuerdo con los respectivos puntajes que se consignan en el Anexo II que forma parte integrante de la presente. Determínense como seleccionados de acuerdo al cupo presupuestario destinado al Concurso “BAITEC 2011“ a los ocho (8) primeros proyectos.

Artículo 3°.- Apruébense los montos a ser transferidos en concepto de Aportes No Reembolsables (ANRs) en función de las tutorías de los proyectos aprobados en el artículo 1° y 2°, a favor de las Entidades Patrocinantes que se consignan en el Anexo III que forma parte integrante de la presente; el o, de conformidad con lo establecido en el Anexo I, punto II.3 Selección de Entidades Patrocinadoras; efectuándose, en consecuencia el desembolso del mismo en dos pagos iguales. El primer pago se hará efectivo previo al inicio de la tutoría, y el segundo pago se hará efectivo luego de recibido el informe semestral al cual se hace referencia en la cláusula II, punto 1, Etapa 2 establecidas en las Bases y Condiciones Resolución N° 6/SSDE/2011.

Artículo 4°.- Establécese que los proyectos de negocios de base tecnológica que se indican en el Anexo I y II de la presente, deberán establecerse y estar funcionando a pleno en las instalaciones de BAITEC, sitas en Huergo 1189, de ésta Ciudad, hasta el 9 de mayo de 2011, inclusive;

Artículo 5°.- Aclárase que en caso que alguno de los proyectos de negocios de base tecnológica seleccionados conforme lo previsto en el artículo 1° renuncie a instalarse en BAITEC o bien no complete su instalación antes de la fecha indicada en el artículo anterior, las eventuales vacantes que se produzcan podrán ser asignadas por la autoridad de aplicación en función del puesto que ocuparon los respectivos proyectos en el orden de mérito que se detal a en el Anexo I

Artículo 6°.- Déjase constancia que las entidades patrocinantes de proyectos de negocios de emprendedores de base tecnológica, a fin de ser consideradas como beneficiarias de los Aportes No Reembolsables indicados en el Anexo I y II, deberán acreditar previamente la constitución íntegra y correcta de un seguro de caución a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un monto equivalente a la suma de los Aportes No Reembolsables previstos en el artículo 3° que percibirán en concepto de tutoría de los proyectos durante su incubación en BAITEC.

Artículo 7°.- Déjase constancia que previo a la incubación del proyecto de negocios de base tecnológica (PNBT) aprobado mediante la presente, los emprendedores de negocios de base tecnológica deberán acreditar la constitución íntegra y correcta del correspondiente seguro personal a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya vigencia deberá extenderse hasta la finalización de la incubación del proyecto en BAITEC.

Artículo 8°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese a todas las entidades concursantes. Cumplido, prosígase el trámite por esta Subsecretaría. Svarzman


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3659

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. 76-11 aprueba la prórroga solicitada por las entidades patrocinadores aprobados por Concurso BAITEC 2011, convocado por Res. 6-11
REGLAMENTA
Res. 76-11 establece condiciones en el marco de los Proyectos de Negocios de Base Tecnológica aprobados en el marco del Concurso BAITEC 2011, convocado por Res. 6-11 - Aportes No Reembolsables - Vacantes producidas por entidades que desistan de su presentación
INTEGRA
Res. 48-11 aprueba el orden de mérito de los Proyectos seleccionados por Res. 48-11