DISPOSICIÓN 119 2011 DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Síntesis:

NORMA DEROGADA - APRUEBA PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LOS PROCESOS DE COMPRAS Y CONTRATACIONES MEDIANTE BAC

Publicación:

16/05/2011

Sanción:

06/05/2011

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES


VISTO:

la Ley N° 2095 mediante la cual se establecen las normas básicas que contiene los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos aires en los procesos de compras, ventas y contrataciones, su Decreto Reglamentario N° 754/GCABA/2008, el Decreto N° 1145/GCABA/09 Reglamentario del Art. 83 de la Ley 2095, la Disposición 171/GCABA/DGCYC/08.

Y CONSIDERANDO:

Que, la Ley 2095 promulgada por Decreto 1.772/06 y su Decreto Reglamentario N° 754/GCABA/08 establecen como Órgano Rector del Sistema de Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la Dirección General de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda;

Que mediante la citada ley se establecen entre las funciones del Órgano Rector “… b) Proponer el dictado de normas reglamentarias, aclaratorias, interpretativas y complementarias en la materia. c) Recopilar, ordenar y mantener actualizada la normativa vigente sobre las contrataciones del Sector Público de la Ciudad. … h) Proponer manuales de normas y procedimientos. … j) Elaborar y aprobar, el Pliego de Bases y Condiciones Generales…” (Art. 18 Ley 2095);

Que el artículo 83 de la Ley 2095 instaura un nuevo procedimiento, electrónico, para el desarrollo de las compras y contrataciones al decir que “Todos los procesos de compras, ventas y contrataciones que efectúen los órganos contratantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deben realizarse utilizando sistemas electrónicos o digitales que establezca el órgano rector, abarcando todas las instancias y actos administrativos del proceso” prescribiendo que la reglamentación establecerá la regulación integral de las contrataciones informatizadas;

Que el Artículo 83 del Decreto 754/GCABA/2008 refiere que “El Órgano rector debe elaborar e implementar los procedimientos necesarios a efectos de que los sistemas informáticos se adecuen a los requerimientos de la presente reglamentación, y a la vez de solicitar el desarrollo o modificaciones de los sistemas electrónicos que considere necesarios, a fin de abarcar a través de su aplicación todas las instancias y actos administrativos del proceso.”

Que por Decreto N° 1145/GCABA/2009 se aprobó la reglamentación del Art. 83° de la Ley N° 2095 y se implementó el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado BAC, creando el portal www.buenosairescompras.gob.ar, incorporando en su Anexo I el “Procedimiento Buenos Aires Compras”;

Que dada la existencia de un procedimiento electrónico de compras y contrataciones para el sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es necesario proceder al dictado de un Pliego de Bases y Condiciones Generales que atienda a sus particularidades, readecuando los artículos del Pliego de Bases y Condiciones generales vigente que sean necesarios e incorporando aquellas cuestiones propias y ordinarias que las compras en su forma electrónica demanden,

Que la Agencia de Sistemas de Información, en su carácter de Órgano Rector en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones en el ámbito del Poder Ejecutivo a tomado intervención.

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención en los presentes actuados.

Que en mérito a todo lo expuesto, el suscripto se encuentra facultado para aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Generales para los procesos de compras y contrataciones mediante BAC, por ello, en ejercicio de sus prerrogativas

EL DIRECTOR GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

DISPONE

Artículo 1° - Apruébese el “Pliego de Bases y Condiciones Generales para los procesos de compras y contrataciones mediante BAC”, que como Anexo forma parte integrante de la presente.

Artículo 2° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de 3 (tres) días y en el sitio de Internet de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3° - Regístrese y remítase a la Dirección de Compras y Contrataciones para la prosecución de su trámite. Greco


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3664

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
Artículo 2 de la Disposición 396-DGCYC-14, deroga la Disposición 119-DGCYC-11.