RESOLUCIÓN 60 2011 F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Síntesis:

SE AUTORIZA LICENCIA SIN GOCE DE HABERES POR CARGO DE MAYOR JERARQUÍA DE AGENTE

Publicación:

20/05/2011

Sanción:

13/05/2011

Organismo:

F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS


RESOLUCIÓN N.° 60/ERSP/11.

Buenos Aires, 13 de mayo de 2011

VISTO:

el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, la Resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 84/EURSPCABA/2003, el Acta de Directorio N° 430 del 22 de marzo de 2011, el Expediente N° 765/EURSPCABA/2011, y

CONSIDERANDO:

Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad creó al Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal;

Que, mediante la Ley N° 210 se reglamentó su constitución estableciendo en el Artículo 11, incisos. c) y d), que son funciones de su Directorio determinar la estructura orgánica del Ente, contratar personal y también proceder a su remoción por acto fundado respetando el debido proceso;

Que el Directorio del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través el Acta N° 430 punto sexto del 22 de marzo del 2011 dispuso autorizar la Licencia sin Goce de Haberes por cargo de mayor jerarquía solicitada por el agente Carlos Alberto Casaretto DNI: 08.591.662 para desempeñarse como Director de Relaciones Parlamentarias del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación a partir del 1° de abril del año 2011;

Que, la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1°.- Autorizar la Licencia sin Goce de Haberes por cargo de mayor jerarquía del agente Carlos Alberto Casaretto DNI: 08.591.662 para desempeñarse como Director de Relaciones Parlamentarias del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación a partir del 1° de abril del año 2011.

Artículo 2°.- Comuníquese a la Dirección de Relaciones Parlamentarias del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a la Gerencia de Administración. Cumplido, archívese. Ferrali - Amado - Michielotto - García - Rozenberg

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Res 97-ERSP-11 incorpora como tercer considerando e Incorpora como Art 2 de la Resolución Res 60-ERSP-11