LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2011
Síntesis:
CATALOGACIÓN DE INMUEBLES - CATALOGA CON NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR A INMUEBLES DE LA CALLE PAYSANDÚ - MODIFICACIÓN - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - CPU
Publicación:
06/06/2011
Sanción:
12/05/2011
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección Cautelar, en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, los siguientes inmuebles:
Art.2°.- Incorpóranse los inmuebles catalogados por el Art. 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. Catalogación del Código de Planeamiento Urbano.
Art.3°.- El Poder Ejecutivo deberá asentar las catalogaciones establecidas por el Artículo 1° en la Documentación Catastral correspondiente.
Art. 4°.- La Ficha de Catalogación N° 57-083-030, 57-083-031, 57-083-032, 57-083-033, 57-083-036, 57-083-037, 57-083-001, 57-091-014, 57-091-013, 57-091-012, 57-083-011, 57-091-010, 57-091-009, 57-091-008 y 57-091-007c forma parte de la presente Ley como Anexo I.
Art. 5°.- Publíquese y cúmplase con lo establecido en los Artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Moscariello- Pérez
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3678