LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2011

Síntesis:

CATALOGACIÓN DE INMUEBLES - CATALOGA  CON NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR A INMUEBLES DE LA CALLE PAYSANDÚ -  MODIFICACIÓN - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - CPU 

Publicación:

06/06/2011

Sanción:

12/05/2011

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Ley

(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90

de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección “Cautelar”, en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 “Catalogación” del Código de Planeamiento Urbano, los siguientes inmuebles:

Ver archivo 1

Art.2°.- Incorpóranse los inmuebles catalogados por el Art. 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. “Catalogación” del Código de Planeamiento Urbano.

Art.3°.- El Poder Ejecutivo deberá asentar las catalogaciones establecidas por el Artículo 1° en la Documentación Catastral correspondiente.

Art. 4°.- La Ficha de Catalogación N° 57-083-030, 57-083-031, 57-083-032, 57-083-033, 57-083-036, 57-083-037, 57-083-001, 57-091-014, 57-091-013, 57-091-012, 57-083-011, 57-091-010, 57-091-009, 57-091-008 y 57-091-007c forma parte de la presente Ley como Anexo I.

Art. 5°.- Publíquese y cúmplase con lo establecido en los Artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Moscariello- Pérez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3678

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