RESOLUCIÓN 61 2011 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

 INCORPORA CON CARÁCTER TRANSITORIO Y EXPERIMENTAL AL TEXTO ORDENADO DE LAS ARTERIAS CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN, EL SENTIDO ÚNICO CIRCULATORIO A LA CALLE ZAÑARTU DESDE AV. LA PLATA HASTA AV. CASTAÑARES DE E A O

Publicación:

08/06/2011

Sanción:

13/05/2011

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO:

el Nota N° 00555333-DGTRANSI-2011; y

CONSIDERANDO:

Que a los fines de llevar a su conocimiento, con motivo de la implementación de ciclovías en la calle Zañartu resulta necesario proponer la asignación del sentido único de circulación en el tramo Av. La Plata - Av. Castañares de Este a Oeste;

Que teniéndose en cuenta que el ancho de calzada que posee la calle Zañartu no permite albergar la doble circulación vehicular y el implementado carril de ciclovías , resulta necesario asignar a la misma sentido único de circulación en el tramo indicado precedentemente.

Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2. del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°.- Incorporase con carácter transitorio y experimental, por el término de 90 días corridos, a partir de la fecha de su implementación, de las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47, texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, asignándose el sentido único circulatorio a la calle Zañartu desde Av. La Plata hasta Av. Castañares de E a O.

Artículo 2°.- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el pertinente señalamiento vertical que proyectará y ejecutará la Dirección General de Tránsito, y fijará posteriormente la fecha de implementación, mediante la respectiva Disposición.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del artículo 1.2.3 del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección General de Tránsito para su conocimiento y comunicación a la Policía Federal Argentina, y a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control del Transito y el Transporte, de Transporte y de Seguridad Vial. Cumplido continúese con el trámite aludido en el artículo anterior. Dietrich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res.61-SSTRANS-11 asigna sentido circulatorio, tramo calle Zañartu, modifica Dec.Ord. 10407-47