DISPOSICIÓN 10 2011 UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
Síntesis:
DEROGA LA DISPOSICIÓN N° 8-UAIMDE-11 - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA AUDITORÍA INTERNA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO
Publicación:
16/06/2011
Sanción:
08/06/2011
Organismo:
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
VISTO:
La Ley N° 2506; el Decreto N° 2075/GCABA/07 y sus modificatorios; el Decreto N° 684/GCABA/09; el Decreto N° 757/GCABA/09; el Decreto N° 286/GCABA/11 y la Disposición N° 8/UAIMDE/2011; y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 2506 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 2075/GCABA/07 se aprobó la estructura organizativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 1063/GCABA/09 se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo Económico y las responsabilidades primarias de la Unidad de Auditoría Interna, entre otras;
Que por Disposición N° 8/UAIMDE/2011 se crearon en la Unidad de Auditoría Interna dos (2) Coordinaciones y cuatro (4) Jefaturas de Equipo con la respectiva asignación de funciones, y se reconocieron las funciones y acciones de Auditores, Auxiliares de Auditoría y Auxiliares Administrativos;
Que el artículo 1° del Decreto N° 286/GCABA/11 creó las Subdirecciones Operativas Soporte de Auditoría I y II con dependencia jerárquica y funcional de las Unidades de Auditoría Interna de la Secretaría Legal y Técnica, de la Jefatura de Gabinete de Ministros, de los Ministerios de Ambiente y Espacio Público, Cultura, Desarrollo Económico, Desarrollo Social, Desarrollo Urbano, Hacienda y Justicia y Seguridad, quedando en tal sentido modificado el Decreto N° 2075/07 y modificatorios;
Que en consecuencia, y en vistas del proceso de organización del Sistema de Control Interno en las diferentes Jurisdicciones en el ámbito del Poder Ejecutivo, resulta necesaria la derogación de la Disposición N° 8/UAIMDE/2011;
Que, por ello y en uso de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Derógase, a partir del 1° de Junio de 2011, la Disposición N° 8/UAIMDE/2011.
Artículo 2°. - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Sindicatura General de Ciudad de Buenos Aires y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese. Demarchi