RESOLUCIÓN 327 2011 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO PARA LA COBERTURA DE PUESTOS EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS - PERSONAL PLANTA PERMANENTE- FONDO ESTÍMULO
Publicación:
29/06/2011
Sanción:
24/06/2011
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
VISTO:La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes N° 471 (BOCBA N° 1026) y N° 2603 (BOCBA 2846), los Decretos N° 986/04 (BOCBA N° 1953) y sus modificatorios, N° 745/08 (BOCBA N° 2961), y lo tramitado por Expediente N° 597039/2011, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece en su artículo 43° un régimen de empleo público al que se ingresa mediante concurso público abierto;
Que la Ley N° 471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad de Buenos Aires establece en su artículo 2° que: las relaciones de empleo público comprendidas en la presente ley se desenvuelven con sujeción a los siguientes principios: a) ingreso por concurso público abierto; b) transparencia en los procedimientos de selección y promoción ;
Que el Título II del Escalafón General para el Personal de Planta Permanente de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por el Decreto N° 986/04 y sus modificatorios, establece en su artículo 5°, que el ingreso a dicho escalafón se realiza mediante sistemas públicos abiertos de selección de conformidad con lo establecido en el Título IV del mismo y su incorporación se efectúa en el primer nivel escalafonario del tramo correspondiente;
Que la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, conforme establecen los artículos 2° y 13° inciso e) de la Ley N° 2603, reviste el carácter de entidad autárquica con atribución suficiente para organizar y reglamentar su funcionamiento interno en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, hallándose en consecuencia facultada para la realización de un concurso público abierto con la finalidad de seleccionar personal que permita la cobertura de puestos en los distintos agrupamientos;
Que analizados los fundamentos sobre los que se basa la solicitud de incorporación de nuevos recursos humanos que propugna la Dirección General de Estadística y Censos, se advierte que la necesidad de fortalecer su planta permanente, en conjunción con los planes de capacitación y desarrollo adoptados, permitirá optimizar el potencial de gestión al garantizar la continuidad de la actual producción de estadísticas oficiales válidas, oportunas y confiables;
Que resulta política indelegable del Estado el promover la producción y difusión de información estadística y censal de carácter público, en tiempo y modo oportuno, de origen genuino, de eficiente procesamiento y regular disposición, en la satisfacción de necesidades propias y externas,
Que el incremento en la capacidad de gestión de esta Administración, en miras al logro de la ejecución de políticas a mediano y largo plazo, hacen oportuna la toma de la presente medida de convocatoria de recursos humanos para su incorporación en planta permanente dando sustento posterior a aquellas que consoliden el cambio organizacional, la especialización y la modernización tecnológica;
Que la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto informa que no existen objeciones de índole presupuestaria para el dictado del presente;
Que en igual sentido la Dirección General de Organización y Estructura de Gobierno se expresa favorablemente al no formular objeciones en razón de la naturaleza jurídica de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y de su concerniente autonomía para disponer de sus recursos humanos;
Que la Dirección General Legal y Técnica de esta Administración Gubernamental intervino en la órbita de su competencia no formulando objeciones al dictado del presente.
Por ello, en ejercicio de facultades que le son propias,
Artículo 1°.-Llámese a concurso público abierto para la cobertura de 25 (veinticinco) puestos en la planta permanente de la Dirección General de Estadística y Censos dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.
Articulo 2°.- Facúltese a la Dirección General de Estadística y Censos a elaborar las condiciones generales y particulares del llamado a concurso público abierto que indica el artículo 1°, y al consiguiente dictado de las normas reglamentarias y complementarias que resulten necesarias a los fines de su implementación y sustanciación.
Artículo 3°.-Quienes resulten seleccionados/as ingresarán en la planta permanente de la Dirección General de Estadística y Censos dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos en el Tramo A, Nivel 01 del Agrupamiento del Régimen Escalafonario que les correspondiese en virtud de su situación y conforme establece el Decreto N° 986/04 y normas modificatorias, con más el suplemento establecido en la Ordenanza N° 44.407, sus modificatorias y su reglamentación.
Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Estadística y Censos, y hágase saber al Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y a la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS). Cumplido archívese. Walter