RESOLUCIÓN 218 2011 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628

Síntesis:

NORMA DEROGADA -  DESIGNAN A - JAVIER CORCUERA PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL - LORENA SCHEJTMAN COORDINADORA DE LA UNIDAD FUNCIONAL DE COORDINACIÓN DE EDUCACIÓN AMBIENTAL Y MATILDE ROCCA  DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ESTRATEGIAS AMBIENTALES COMO NUEVOS MIEMBROS TITULARES DEL COMITÉ COORDINADOR DE ASUNTOS EDUCATIVOS AMBIENTALES EN REPRESENTACIÓN DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES -  MIEMBROS SUPLENTES YANINA MARTELLI JEFA DEL DEPARTAMENTO DE RELACIONES INSTITUCIONALES DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL - SILVIA BÁRBARA NARVÁEZ  Y JIMENA SERRA DE LA UNIDAD FUNCIONAL DE COORDINACIÓN DE EDUCACIÓN AMBIENTAL.

Publicación:

30/06/2011

Sanción:

23/06/2011

Organismo:

AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628


VISTO:

Las Leyes N° 1.687, N° 2628 y N° 2506, los Decretos N° 887/2007, 966/07, 2075/07, 834/08, el Expediente N° 755303/11, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 1.687 incorporó la educación ambiental al sistema educativo formal y no formal y mediante modos alternativos de comunicación y educación garantizando la promoción de la educación ambiental en todas las modalidades y niveles, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en el Capítulo II de la referida ley se creó el Comité Coordinador de Asuntos Educativos Ambientales el cual funciona como autoridad de aplicación de dicho régimen, estableciéndose en el art. 11° las funciones a su cargo;

Que por su parte, el Decreto N° 887/07 reglamentario de la Ley N° 1.687, estableció en su art. 5° que el referido Comité funcionaría en el Organismo Fuera de Nivel de Unidad de Formación e Información Ambiental del por entonces Ministerio de Medio Ambiente;

Que, asimismo, en su art. 7° el mencionado Decreto N° 887/07 estableció que el Comité estaría integrado por (3) tres representantes del Ministerio de Educación y (3) tres representantes del Ministerio de Medio Ambiente, debiendo ser designados a tales efectos, un funcionario y dos técnicos expertos en formación ambiental por cada ministerio para integrarlo;

Que, en el mismo orden el citado artículo 7° del Decreto N° 887/07 estableció que la representación del Ministerio de Medio Ambiente estará a cargo de la Unidad de Formación e Información Ambiental o del organismo que en el futuro lo reemplace;

Que mediante el Decreto N° 966/07 se transfirieron las responsabilidades primarias del Organismo Fuera de Nivel Unidad de Formación e Información Ambiental a la Dirección General de Gestión Ambiental ambas estructuras dependientes del entonces Ministerio de Medio Ambiente;

Que, en virtud de ello, por Resolución N° 624/MMAGC/07 se designaron a los representantes de esa repartición que integrarían el Comité Coordinador de Asuntos Educativos Ambientales;

Que sin perjuicio de las designaciones antes señaladas, el Comité Coordinador de Asuntos Educativos Ambientales se ha visto impedido de ejercer sus funciones, atento a la falta de integración de la totalidad de sus miembros;

Que posteriormente por Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual tiene como objeto la protección de la calidad ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la Política Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires;

Que mediante dicha ley, se transfirieron a la Agencia de Protección Ambiental las misiones y funciones asignadas por el Decreto N° 2075/07 a la ex Subsecretaría de Política y Gestión Ambiental y a las Direcciones Generales de Política y Evaluación Ambiental y de Control de la Calidad Ambiental del por entonces Ministerio de Medio Ambiente;

Que entre las funciones asignadas a la Agencia de Protección Ambiental por el art. 3° de Ley N° 2.628, es dable destacar a estos fines, el inciso 11° de dicho artículo en cuanto le atribuye la facultad de: “Coordinar juntamente con el Ministerio de Educación las actividades educativas formales indispensables para el desarrollo de la conciencia ambiental de una comunidad participativa y responsable“;

Que por el Decreto N° 834/08 se transfirió a la Agencia de Protección Ambiental, el presupuesto, patrimonio y personal afectados a la Unidad Fuera de Nivel Unidad de Formación e Información Ambiental dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público;

Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder a designar a los nuevos representantes que integrarán el Comité Coordinador de Asuntos Educativos Ambientales en representación de la Agencia de Protección Ambiental, a fin de dar cumplimiento con lo previsto por la Ley N° 1.687;

Que ha tomado debida intervención la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Protección Ambiental.

Por ello, y en uso de las facultades asignadas por la Ley N° 2.628 y el Decreto N° 442/10,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1°.-Desígnase como nuevos miembros titulares del Comité Coordinador de Asuntos Educativos Ambientales en representación de la Agencia de Protección Ambiental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Lic. Javier F.Corcuera, DNI N° 11.603.127, Presidente de la Agencia de Protección Ambiental, a la Lic. Lorena P. Schejtman, DNI N° 27.088.953 Coordinadora de la Unidad Funcional de Coordinación de Educación Ambiental y a la Lic. Matilde Rocca DNI N° 28.033.822 que se desempeña de la Dirección General de Estrategias Ambientales.

Artículo 2°.- Desígnase como miembros suplentes a la Lic. Yanina Martelli, DNI 31.327.137, Jefa del Departamento de Relaciones Institucionales dependiente de la Presidencia de la Agencia de Protección Ambiental y a las Sras. Silvia Bárbara Narváez DNI N° 27.680.755 y Jimena Serra, DNI 32.552.134 que se desempeñan en la Unidad Funcional de Coordinación de Educación Ambiental.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Estrategias Ambientales y a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Protección Ambiental, al Ministerio de Ambiente y Espacio Público, y al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. Corcuera Quiroga

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DEROGADA POR
Res.142-APRA-13 deja sin efecto la Res. 218-APRA-11