RESOLUCIÓN 87 2011 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

INCLUYE ENTRE LAS ARTERIAS CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN AL PASO BAJO NIVEL, CONSTRUIDO EN LA PROLONGACIÓN DE LA CALLE SOLER, ENTRE GODOY CRUZ Y AV. JUAN B. JUSTO, CON SENTIDO ÚNICO DE SO A NE Y A LA CALLE PARAGUAY, DESDE AV. JUAN B. JUSTO HASTA URIARTE DE NE A SO

Publicación:

07/07/2011

Sanción:

28/06/2011

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO:

la próxima inauguración del paso bajo nivel, construido en la prolongación de la calle Soler, entre Godoy Cruz y Av. Juan B. Justo, y

CONSIDERANDO:

Que con relación al tema del ordenamiento circulatorio en el túnel Soler y en la calle Paraguay, y en lo que respecta a la Dirección General de Tránsito, luego de haber analizado la cuadricula circulatoria del sector, observó que resulta oportuno darle continuidad a los sentidos circulatorios de las calles Soler y Paraguay, con el objeto de agilizar los volúmenes de transito que circulan por dichas arterias, lo que minimizaría los posibles inconvenientes que puedan suscitarse en el cruce de la avenida Juan B. Justo;

Que lo propuesto mejoraría las condiciones circulatorias en general y específicamente el tránsito por esas arterias, por lo cual se considera conveniente asignar sentido único de circulación al túnel construido bajo las vías del F.G.S.M., a la altura de la calle Soler y a la calle Paraguay, desde Av. Juan B. Justo hasta Uriarte de NE a SO, manteniéndose ese sentido circulatorio entre Uriarte y el bajo.

Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008 (B.O.C.B.A. N° 2926),

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°. - Inclúyese, con carácter transitorio y experimental, por el término de 90 días corridos, a partir de la fecha de su implementación, en las disposiciones del Decreto-Ordenanza N° 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, al paso bajo nivel, construido en la prolongación de la calle Soler, entre Godoy Cruz y Av. Juan B. Justo, con sentido único de SO a NE y a la calle Paraguay, desde Av. Juan B. Justo hasta Uriarte de NE a SO.

Artículo 2°.-.La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el pertinente señalamiento que proyectará y ejecutará la Dirección General de Tránsito.

Artículo 3°. - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del artículo 1.2.3 del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a las Subsecretarías de Transporte y de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura y remítase a la Dirección General de Tránsito para su conocimiento y comunicación a la Policía Federal Argentina, a la empresa Autopistas Urbanas S. A., al Cuerpo de Agentes del Control de Tránsito y Transporte y a las Direcciones Generales de Transporte y de Seguridad Vial. Cumplido, continúese con el tramite dispuesto en el articulo anterior. Dietrich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. N° 87-SSTRANS-11 incluye arterias a las estipuladas por el Decreto Ordenanza N° 10407 con sentido único de circulación.