DISPOSICIÓN 107 2011 DIRECCIÓN GENERAL DE FOMENTO PRODUCTIVO E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA

Síntesis:

APRUEBA EXTENSIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO DENOMINADO “IMPLEMENTACIÓN DE UN SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD SEGÚN REQUISITOS DE ISO 13485:2003 (REQUERIMIENTOS PARA PROPÓSITOS NORMATIVOS)“,  DE LA EMPRESA BIOCIENTÍFICA SA

Publicación:

02/08/2011

Sanción:

27/07/2011

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE FOMENTO PRODUCTIVO E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA


Buenos Aires, 27 de julio de 2011

VISTO:

los Decretos Nros. 118/GCBA/03 y 1063/GCBA/09, las Resoluciones Nros. 479/MDEGC/09, 450/MDEGC/10 y 140/SSDE/09, el Expediente N° 1.218.944/09, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 118/GCBA/03 se creó el programa “Fondo para el Desarrollo de Proveedores“ con el propósito de impulsar el desarrollo de proyectos de mejora competitiva pertenecientes a micro, pequeñas y medianas empresas que desarrollen actividades industriales o de prestación de servicios en la órbita de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Resolución N° 479/MDEGC/09, y en el marco del referido programa, se convocó al concurso denominado “Buenos Aires Calidad 2009“ con el propósito de otorgar aportes no reembolsables a proyectos de mejora en gestión de calidad y de adopción de certificaciones técnicas por parte de las empresas de la Ciudad;

Que el art. 3° de dicha Resolución designó a la Subsecretaría de Desarrollo Económico como Autoridad de Aplicación y a la entonces Dirección General de Industria, Servicios y Tecnología -actual Dirección General de Fomento Productivo e Innovación Tecnológica de conformidad con el Decreto N° 1063/GCABA/09-, como Unidad Ejecutora del Concurso;

Que por Resolución N° 140/SSDE/09 se aprobó el orden de mérito de los proyectos presentados en el Concurso Buenos Aires Calidad 2009, resultando beneficiaria, entre otras, la empresa BIOCIENTIFICA S.A.;

Que la empresa suscribió la correspondiente Acta Acuerdo con la Subsecretaría de Desarrollo Económico con fecha 29 de diciembre de 2009, con el objeto de recibir un Aporte No Reembolsable (ANR) por la suma de PESOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE ($ 29.579.-) para ser aplicado al financiamiento del proyecto denominado “Implementación de un Sistema de Gestión de la Calidad según requisitos de ISO 13485:2003 (Requerimientos para propósitos normativos)“;

Que el plazo de ejecución del proyecto era de ocho (8) meses contados a partir de la fecha del desembolso efectivo del ANR otorgado, según surge del Acta Acuerdo;

Que el ANR fue depositado en la cuenta de la empresa con fecha 11 de marzo de 2010, debiendo finalizar el proyecto el 11 de noviembre de 2010;

Que, entre las obligaciones de la beneficiaria prescriptas en el Acta Acuerdo, se encontraban las de ejecutar estricta y fielmente el proyecto, aplicar los recursos propios y del ANR a los destinos expresamente previstos, presentar ante la Autoridad de Aplicación las rendiciones de cuentas e informes de avance y final según la modalidad de presentación establecida por la Unidad Ejecutora, y comunicar a la Autoridad de Aplicación toda novedad de importancia que pudiera afectar el desarrollo del proyecto, alterar el cumplimiento del Acta Acuerdo, afectar las garantías o cualquier otro principio de buena fe que deba ponerse en conocimiento de la contraparte;

Que la empresa presentó los informes de avance correspondientes y la Unidad Ejecutora realizó las auditorías técnicas y contables que han permitido corroborar que todas las etapas del proyecto han sido cumplidas tanto técnica como contablemente, realizándose erogaciones por un monto superior al originalmente aprobado por Acta Acuerdo;

Que, con respecto al plazo de ejecución, la Unidad de Control y Segumiento de Préstamos y Proyectos determinó que la empresa finalizó el proyecto el día 13 de junio de 2011, excediendo lo aprobado por Acta Acuerdo en 7 meses, totalizando 15 meses y 2 días;

Que el art. 7° de las Bases y Condiciones que regulan el concurso, aprobadas por Resolución N° 479/MDEGC/09, establece que el plazo máximo de ejecución podrá extenderse a doce (12) meses;

Que, no obstante ello, tanto la Unidad de Control como el Área Legal de esta Dirección General recomendaron aprobar la extensión de plazo y dar por finalizado el proyecto, ya que ha sido ejecutado en su totalidad de manera exitosa;

Que por Resolución N° 450/MDEGC/10 se facultó a esta Dirección General, en su calidad de Unidad Ejecutora, para interpretar y resolver cuestiones no previstas en la normativa que regula los proyectos declarados ganadores de diferentes concursos, entre ellos “Buenos Aires Calidad 2009“.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE FOMENTO PRODUCTIVO

E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA

DISPONE

Artículo 1°.- Extiéndase el plazo de ejecución del proyecto denominado “Implementación de un Sistema de Gestión de la Calidad según requisitos de ISO 13485:2003 (Requerimientos para propósitos normativos)“, de la empresa BIOCIENTIFICA S.A., hasta el día 13 de junio de 2011.

Artículo 2°.- Dese por cumplido íntegramente el proyecto referido en el Artículo 1°.

Artículo 3°.- Procédase a la devolución de la Póliza de Seguro de Caución N° 1058358, otorgada por Aseguradora de Créditos y Garantías S.A. por el monto de PESOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE ($ 29.579).

Artículo 4°.- Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y notifíquese a los interesados por cédula. Cumplido, archívese. Petri

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