RESOLUCIÓN 2564 2011 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
SE FIJAN PRECIOS DE VENTA DE OBJETOS DE MERCHANDISING
Publicación:
02/08/2011
Sanción:
23/06/2011
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
Estado:
No vigente
RESOLUCIÓN N.° 2564/MCGC/11.
Buenos Aires. 23 de junio de 2011
VISTO:
El expediente N° 998.412-2011, la Disposición 80-DGCG-09 y de acuerdo a lo normado por la N° 2506 (BO N° 2824) y
CONSIDERANDO:
Que, por los presentes actuados la Dirección General de Museos solicita la valorización de productos de merchandising para proceder a su venta minorista;
Que, por la Disposición N° 80-DGCG-2009, se aprueba el circuito Administrativo, Contable y de Recaudación para centralizar en la Tienda Cultural perteneciente al Ministerio de Cultura, todo el stock en existencia y de producción propia referente a artículos de merchandising, libros y obras de arte de todas las áreas, dependencias y reparticiones del mencionado Ministerio;
Que, dicho material resulta un instrumento idóneo y atractivo para las acciones que está realizando este Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, en virtud del interés demostrado por numerosos particulares en la compra de dichos productos, la Dirección General de Museos requiere se fije el precio de venta minorista;
Por ello, y teniendo en cuenta la Disposición 80-DGCG-09 y las facultades conferidas por las Ordenanzas N° 25702 (BM. 14067) y 25752 (BM 14081) y de acuerdo a lo normado por la Ley N° 2095-06 (BO 2824)
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE
Artículo 1°.- Fíjase en PESOS OCHO (,00), el precio de venta minorista de los lápices Faber Castell negros con cuerpo blanco y logo de los Museos de Arte Español Enrique Larreta, de Arte Popular ÃÂJosé HernándezÃÂ, de Arte Moderno de Buenos Aires, de Esculturas Luis Perlotti y de la Ciudad.
Artículo 2°.- Establécese la cantidad de lápices para la venta al público y de regalo de cortesía, por cada Museo, de acuerdo al Anexo, que como adjunto pasa a formar parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°-- Regístrese y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Museos, quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Fecho remítase al Área de Fiscalización de la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Lombardi
ANEXO